PROHÍBEN VENTA DE VAPEADORES EN MÁQUINAS EXPENDEDORAS
Monterrey, 1 de Febrero 2022
Para evitar que nuevas generaciones se inicien en el tabaquismo, el Congreso del Estado aprobó una reforma al artículo 72 de la Ley Estatal de Salud del Estado de Nuevo León, y al artículo 13 de la Ley de Protección Contra la Exposición al Humo del Tabaco del Estado de Nuevo León.
"Con esta modificación queda asentado en la Ley, la prohibición de expendio o suministro por medio de máquinas expendedoras de dispositivos inhalantes que contienen nicotina y son accesibles para la adquisición de menores de edad, dado que la maquina funciona como autoservicio y de esta manera no es posible regular su venta aun y cuando tenga un anuncio donde se prohíbe la venta a menores", señaló la Diputada Gabriela Govea.
La modificación quedó de la siguiente manera:
ARTÍCULO 72.-...
DEL MISMO MODO, QUEDA PROHIBIDO EL EXPENDIO O SUMINISTRO POR MEDIO DE MÁQUINAS EXPENDEDORAS DE DISPOSITIVOS INHALANTES QUE CONTIENEN NICOTINA Y OTROS EFECTOS PSICOTRÓPICOS.
El dictamen fue aprobado por unanimidad de los Legisladores.