AMPLIAN PROTECCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Monterrey, 5 de Mayo 2020
Para lograr una protección más amplia a las personas con discapacidad, el Congreso del Estado aprobó reformar el Código Civil en materia de alimentos y gastos que se generen de asistencia y rehabilitación.
El Diputado Félix Rocha Esquivel fue el encargado de leer el dictamen, que establece las modificaciones al artículo 308 de dicho código.
La reforma establece que cuando el acreedor alimentista tenga alguna discapacidad temporal o permanente, los alimentos incluirán también, los gastos en higiene, asistencia personal, rehabilitación y los de traslado cuando la persona requiera acudir a recibir atención derivada de la misma.
Así como también todo aquel gasto originado con motivo de la discapacidad.
El artículo 308 establece también que los alimentos comprenden la manutención en general que incluye entre otros, la comida, el vestido, la habitación y la salud. Respecto de los menores de edad, los alimentos comprenderán además, los gastos necesarios para la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior del acreedor alimentista; para proporcionarle algún oficio, arte o profesión honestos y adecuados a su edad y circunstancias personales y para la práctica del deporte; lo cual también deberá considerarse respecto de los mayores de edad, cuando la posibilidad económica del deudor alimentista así lo amerite.