PROMUEVEN LICENCIA POR CUIDADOS MÉDICOS
Monterrey, 28 de Abril 2020
El Congreso del Estado aprobó adicionar el artículo 24 Bis 6 a la Ley del Servicio Civil del Estado de Nuevo León para otorgar licencias por concepto de cuidados médicos.
El Diputado Luis Susarrey Flores presentó el dictamen que establece lo siguiente:
Para los casos de madres o padres trabajadores asegurados, cuyos hijos menores de dieciséis años hayan sido diagnosticados por instituciones públicas de salud o mediante servicios subrogados de instituciones privadas con cáncer de cualquier tipo, podrán gozar de una licencia por cuidados médicos de los hijos para ausentarse de sus labores en caso de que el niño, niña o adolescente diagnosticado requiera de descanso médico en los períodos críticos de tratamiento o de hospitalización durante el tratamiento médico, de acuerdo a la prescripción del médico tratante.
Las Instituciones podrán expedir a alguno de los padres trabajadores asegurados, que se sitúe en el supuesto previsto en el párrafo que antecede, una constancia que acredite el padecimiento oncológico y la duración del tratamiento respectivo, a fin de que el patrón o patrona de éstos tengan conocimiento de tal licencia.
La licencia expedida por las instituciones al padre o madre trabajador asegurado, tendrá una vigencia de uno y hasta veintiocho días. Podrán expedirse tantas licencias como sean necesarias durante un periodo máximo de tres años sin que excedan trescientos sesenta y cuatro días de licencia, mismos que no necesariamente deberán ser continuos.
El presente dictamen fue aprobado por unanimidad por los Diputados.