Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
SANCIONARÁN DESOBEDIENCIA DE MANDATO
9 de Diciembre 2019

SANCIONARÁN DESOBEDIENCIA DE MANDATO

Monterrey, 9 de Diciembre 2019

El Congreso del Estado aprobó por unanimidad la adición de un último párrafo al artículo 180 del Código Penal para el Estado de Nuevo León en materia de desobediencia a un mandato legítimo de autoridad judicial.

La vida familiar en las últimas décadas ha sufrido tendencias notables que incluyen una incidencia de niveles decrecientes de matrimonios, tasas altas de divorcio, separación, estas tendencias se han percibido como indicadores de desintegración familiar, sin embargo esto no debe ser un pretexto para que sus miembros o alguno de ellos se desentiendan de las obligaciones que adquirió cuando decidió unirse a otra persona y tener hijos, ya que estos deberes no se extinguen al terminar la relación de la pareja, indicó el Diputado Jorge de León Fernández, al presentar el dictamen que contiene la reforma ante el Pleno.

"El derecho familiar es el encargado de regular las relaciones en lo que concierne a la familia, y como parte de ella, son sin duda los alimentos uno de los temas más importantes dentro del contexto familiar ya que se convierte en la pensión alimenticia que es una obligación y un derecho a la vez para los integrantes de una familia los cuales se conciben en dos sentidos: darlos o recibirlos ya que quien tiene obligación de darlos también tiene el derecho a recibirlos", dijo.

La reforma contempla que cuando se desobedezca a un mandato legítimo de autoridad judicial con el fin de no informar acerca de los ingresos de quienes deban cumplir con las obligaciones señaladas en el artículo 280 de este código, o bien, cuando injustificadamente dichos ingresos se informen fuera del término ordenado por la autoridad que los solicita o se omita dolosamente realizar de inmediato el descuento ordenado por la autoridad correspondiente, la pena de prisión que corresponda se incrementará de uno a cuatro años.