PROMUEVEN LA NO DISCRIMINACIÓN A MIGRANTES
Monterrey, 27 de Noviembre 2019
El Diputado Adrián de la Garza Tijerina presentó un dictamen legislativo que contiene la iniciativa del Diputado Álvaro Ibarra, con el propósito de modificar el artículo 14 de la Ley de Migración, a fin de propiciar el acceso a una justicia individual que garantice la no discriminación o la igualdad, teniendo en cuenta Ia dignidad, la autonomía y las elecciones de la persona.
De acuerdo con las normas de Naciones Unidas sobre Ia lgualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad, los Estados tienen Ia obligación de hacer accesible la información y documentación para las personas con discapacidad.A partir de las mismas, ha surgido el denominado "formato de lectura fácil", el cual se encuentra dirigido mayormente a personas con una discapacidad para leer o comprender un texto. Tal formato se realiza bajo un lenguaje simple y directo, en el que se evitan Ios tecnicismos, así como los conceptos abstractos, ello mediante el uso de ejemplos, y empleando un lenguaje cotidiano, personificando el texto lo más posible.
"Lo anterior debe ser interpretado en sentido amplio y el juzgador deberá emitir una versión de la sentencia que sea entendible para la persona en situación de migración, cuando no entienda el español, así como cuando por algún tipo de discapacidad la persona no pueda comprender, derivado del texto original, los alcances de la determinación judicial", mencionó el Legislador.
"Ahora bien según lo solicitado por los promoventes y de conformidad con el inciso b) del artículo antes citado la Comisión cuenta con la facultad de iniciación ante el Congreso de la Unión de leyes que a éste competan, así como su reforma o derogación, por lo tanto coincidimos que en el presente asunto, exclusivamente podemos actuar como un órgano de tránsito, puesto que contamos con la potestad de iniciar ante el Congreso de la Unión reformas o derogación de las leyes que sean de su competencia", aseveró el Diputado.
La iniciativa que se turnó al Congreso de la Unión propone modificar el artículo 14 de la citada ley, y contempla que cuando el migrante, independientemente de su situación migratoria, no hable o no entienda el idioma español, se le nombrará de oficio un traductor o intérprete que tenga conocimiento de su Lengua o idioma, para facilitar la comunicación.
Asimismo, incluye que cuando la persona migrante viva con algún tipo de discapacidad, se implementarán los ajustes razonables necesarios durante su proceso administrativo o judicial.
Además en el caso de que la persona migrante sea sorda y sepa leer y escribir, se le interrogará por escrito o por medio de un intérprete. En caso contrario, se designará como intérprete a una persona que pueda entenderle.
En caso de dictarse sentencia condenatoria a una persona en situación de migración, independientemente de su condición migratoria, las autoridades judiciales estarán obligadas a emitir una versión de la sentencia que sea plenamente entendible para la persona migrante, independientemente de su idioma o si vive con alguna discapacidad.
También, deberá informarle de Ios tratados y convenios internacionales suscritos por el Estado mexicano en materia de traslado de reos, así como de cualquier otro que pudiera beneficiarlo".
Fue aprobada por unanimidad de las y los diputados presentes en el recinto.