PROPONEN INCLUIR CANDIDATURAS COMUNES EN EL TEXTO CONSTITUCIONAL
Monterrey, 24 de Septiembre 2019
La Diputada María Guadalupe Rodríguez presentó una iniciativa de reforma al artículo 45 de la Constitución Política del Estado para incluir las candidaturas comunes en los próximos procesos electorales.
El artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce que los partidos políticos son entidades de interés público y que la ley determinará las normas y requisitos para su registro legal, así como las formas específicas de su intervención en el proceso electoral, además de los derechos, obligaciones y prerrogativas que les correspondan.
En ese sentido la legislatura LXXIV aprobó la reforma electoral en la que incluyó la figura de candidatos comunes; sin embargo, omitió incorporarla en la Constitución local,
"En este contexto y en el marco de la reforma electoral para el proceso electivo de 2018, el Legislador de la Septuagésima Cuarta Legislatura plasmó en la Ley Electoral del Estado la figura de la candidatura común, sin estar prevista en ley fundamental local, por lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la acción de inconstitucionalidad 92/2017, sostuvo la invalidez de dicha figura por no estar señalada en nuestra Constitución local", comentó la Diputada Rodríguez Martínez.
"El más alto tribunal del país, al resolver las acciones de inconstitucionalidad 68/2008 y acumuladas definió a las candidaturas comunes como la unión de dos o más partidos políticos, sin mediar coalición, para postular al mismo candidato, lista o fórmula, cumpliendo los requisitos que en cada legislación se establezcan" agregó la legisladora.
El máximo tribunal también definió que los partidos políticos que se unan en un mismo candidato, mantendrán su autonomía para cuestiones como integración de órganos electorales, financiamiento, emblema conjunto y distribución de porcentajes de votación sujeta al convenio de candidatura común.
La iniciativa se turnó para su estudio a la Comisión de Puntos Constitucionales.