ENDURECEN PENAS POR ACOSO SEXUAL
Monterrey, 10 de Octubre 2018
La Comisión de Seguridad y Justicia presentó al pleno, en la voz del Diputado Melchor Heredia, proyecto de decreto de reforma al segundo párrafo del artículo 271 bis 2 del Código Penal para el Estado de Nuevo León, para endurecer las penas de acoso sexual, cuando sean agravadas por razones de violencia en contra de la mujer.
Esta iniciativa de reforma, que promovió la Diputada Claudia Tapia el pasado 26 de septiembre, señala que en la teoría el derecho penal se conoce como agravantes aquellas circunstancias que producen un mayor efecto de la responsabilidad criminal del sujeto responsable, dado que aumenta el daño causado, incrementa la culpabilidad.
El Diputado Melchor Heredia comentó que la Asamblea General de las Naciones Unidas señaló en su Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, específicamente en su resolución 84/104 del 20 de diciembre de 1993, que se entiende por violencia contra la mujer "todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada".
Por ello, con el propósito de armonizar el contenido de la propuesta con lo que se establece en la Ley de Acceso a la Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, se aprobó la modificación del segundo párrafo del artículo 271 bis 2 de la siguiente manera: "si el pasivo del delito fuera menor de edad o persona que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho o de resistirlo, o bien si la conducta del acosador fuera por razones de violencia en contra de la mujer en términos de la fracción iii del artículo 6 de la ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia la pena se incrementará un tercio".
Los diputados Juan Carlos Segovia, Horacio Tijerina, Zeferino Juárez y Luis Susarrey apoyaron el proyecto de decreto.