Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
APRUEBAN MODIFICAR LA LEY DE EGRESOS DE 2018
9 de Octubre 2018

APRUEBAN MODIFICAR LA LEY DE EGRESOS DE 2018

Monterrey, 9 de Octubre 2018

Con el propósito de dotar a la Fiscalía General del Estado de los recursos suficientes para hacer frente a los compromisos económicos surgidos a partir de la ejecutoria de emitida por el Primer Tribunal Colegiado en Materia, los Diputados aprobaron modificar la Ley de Egresos de 2018, con la adición de un artículo transitorio.

El Diputado Adrián de la Garza Tijerina, en su exposición explicó que el 23 de marzo de 2010, Francisco Pérez Jacobo, Guillermo Amado Alcázar Álvarez y Claudio Martínez Maravilla promovieron juicio de amparo contra actos de diversas autoridades, incluidas el Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado, el entonces Procurador General de Justicia del Estado de Nuevo León, así como otras autoridades, ante el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, para reclamar la baja injustificada como trabajadores del Gobierno del Estado de Nuevo León, asignados a la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado.

Tras diversos incidentes y actuaciones promovidas por los involucrados, el 5 de julio de 2018 se determinó modificar los montos a los que ascendieron las prestaciones que el Juez de Origen consideró para integrar la indemnización constitucional de los quejosos, los cuales ascienden en total a $20'720,801.96 pesos.

Añadió el Diputado De la Garza, que el Gobierno del Estado difundió en su página de internet que sus" ingresos totales, compuestos por ingresos propios y participaciones federales, en el periodo enero-agosto de 2018, fueron 4 por ciento mayores respecto al mismo periodo del año anterior y sumaron $36 mil 164 millones de pesos. Esta cantidad es superior también a la presupuestada para este año, en un 5 por ciento. Los ingresos propios, compuestos por impuestos, derechos y aprovechamientos, sumaron $13 mil 174 millones de pesos. Fueron 7 por ciento mayores a los registrados en el mismo periodo del año anterior y 12 por ciento por arriba de lo presupuestado".

Por tal motivo, al tratarse de un pago único y considerando lo señalado en cuanto a ingresos excedentes se menconan, se considera que hay capacidad financiera por parte del Estado para que la Fiscalía General cumpla con la orden del Juez, la cual fue motivada por funcionarios de la antigua Procuraduría General de Justicia del Gobierno Estatal.

En ese sentido, se aprobó por mayoría la reforma la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el Ejercicio Fiscal 2018, por la adición de un artículo sexto Transitorio para quedar como sigue:

Transitorios:
"Sexto.- El Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, durante el ejercicio Fiscal 2018, deberá asignar y garantizar la suficiencia presupuestal para la instalación de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León, por lo que, para ese efecto, deberá realizar la transferencia de los recursos económicos necesarios para el cumplimiento de la ejecutoria de fecha 5 cinco de julio de 2018 dos mil dieciocho, emitida dentro de las actuaciones del recurso de inconformidad número 3/2018 del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de Cuarto Circuito, derivado del juicio de amparo indirecto 217/2010 del índice de asuntos del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Estado, promovido por Francisco Pérez Jacobo, Guillermo Amado Alcázar Álvarez y Claudio Martínez Maravilla, y que, en su caso, deberá actualizarse al día en que se realice el cumplimiento total de la ejecutoria, según lo disponga la autoridad judicial del conocimiento del asunto.

Dichos recursos serán con cargo a los ingresos excedentes recibidos por el Gobierno del Estado durante el ejercicio fiscal 2018 dos mil dieciocho.

La aplicación de los recursos señalados en este artículo por parte de la Fiscalía General de Justicia deberá ser informada por parte de la Fiscalía General de Justicia del Estado al Congreso del Estado, por escrito, en un plazo que no exceda de 30 treinta días naturales a la recepción de los recursos".