Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
PROPONEN AMPLIAR PLAZOS PARA CUENTAS PÚBLICAS
1 de Noviembre 2017

PROPONEN AMPLIAR PLAZOS PARA CUENTAS PÚBLICAS

Monterrey, 1 de Noviembre 2017

Para que el órgano de fiscalización superior cuente un plazo más conveniente para realizar los diversos tipos de auditoría que realiza a los entes públicos del estado, el Diputado local Juan Francisco Espinosa Eguía presentó modificaciones a la Constitución Política del Estado de Nuevo León
Espinosa Eguía consideró que se deben de impulsar reformas que tengan como propósito que el proceso de fiscalización de las cuentas públicas funcionen de manera efectiva, es decir, que se posicione como herramienta de control y de corrección de la acción gubernamental.

"Mediante la presente iniciativa proponemos modificar la redacción del artículo 137 de nuestra Constitución Local, a fin de permitir que nuestro órgano de fiscalización superior cuente con un plazo más conveniente para realizar los diversos tipos de auditoría que realiza a los entes públicos del estado".

"Tomando también en consideración que durante el proceso de auditoría surgen observaciones o requerimientos de observación que los entes públicos deben atender, pero que la brevedad de los plazos no siempre les permite atenderlos oportunamente, afectando la posibilidad de rectificar, desvirtuar o clarificar dichos señalamientos".

"De manera adicional, con la presente iniciativa se pretende adecuar el plazo previsto para la presentación de la cuenta pública en la Constitución Local y en la Ley de Fiscalización, lo anterior, a fin de homologarlo con lo preceptuado en el párrafo octavo de la fracción II del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos", señaló Juan Espinosa.

"La Cuenta Pública del ejercicio fiscal correspondiente deberá ser presentada al Congreso del Estado a más tardar el 30 de abril del año siguiente".

"La Auditaría Superior del Estado entregará el Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública al Congreso del Estado o a la Diputación Permanente dentro de los ciento cincuenta días hábiles siguientes a los de su presentación, el cual se someterá a la consideración del Pleno y tendrá carácter público".

"Se reforma por modificación el párrafo primero del artículo 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, para quedar como sigue: La Cuenta Pública del ejercicio fiscal correspondiente será presentada al Congreso, en forma improrrogable a más tardar el 30 de abril del año siguiente".

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para su estudio y dictamen.