APRUEBAN MODIFICACIONES AL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES
Monterrey, 15 de Mayo 2017
Para garantizar el derecho al menor a tener una personalidad otorgando al padre la oportunidad de acudir frente la autoridad a reclamar la paternidad del hijo que es negado, el Congreso del Estado aprobó modificaciones al Código de Procedimientos Civiles.
El Presidente de la Comisión de Legislación, Héctor García consideró pertinente la iniciativa planteada, toda vez que guarda estrecha armonía con el criterio establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y eliminaría un vacío procedimental existente en el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León.
Los diputados Juan Espinosa, Oscar Flores, Cosme Leal y Sergio Arellano se pronunciaron a favor de la reforma del artículo 190 Bis I del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León.
"Quien ejerza la patria potestad, la tutela o tenga la custodia de un menor, quien se considere con derechos sobre el menor, el progenitor o padre biológico del menor, el hijo mayor de edad e incluso el Ministerio Público, podrá solicitar al juez de lo familiar la práctica de la prueba biológica a que se hace referencia en el artículo precedente", indica el dictamen.