INCREMENTAN PENA AL DELITO ALLANAMIENTO DE MORADA
Monterrey, 16 de Noviembre 2016
Para proteger la vida, la integridad y la seguridad de los ciudadanos para que puedan tener la tranquilidad de estar en su propio hogar u oficina, el Congreso del Estado aprobó aplicar una sanción de seis meses a cuatro años de prisión, a quien cometa el delito de allanamiento de morada y multa de diez a ciento cincuenta cuotas.
El Presidente de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública, Gabriel Tláloc Cantú Cantú, señaló que según estadísticas del INEGI uno de cada tres hogares resultan afectados por el delito de allanamiento de morada, por lo que, al actor del delito se le deberá someter a una sanción que realmente sea estricta para lograr la disminución de índices delictuosos.
"A los responsables del delito de allanamiento de morada se les aplicara sanción de seis meses a cuatro años de prisión y multa de diez a ciento cincuenta cuotas", señaló Cantú Cantú.
"A quien además de los señalado en el artículo 295, se introduzca o permanezca sin permiso de una persona autorizada en el domicilio de una persona jurídica colectiva, pública o privada, despacho profesional u oficina, o en establecimiento mercantil local abierto al público fuera de las horas de apertura, se le impondrá la sanción prevista en el párrafo anterior, esta modalidad del delito de allanamiento se perseguirá por querella".
El delito de allanamiento de morada se perseguirá por querella de parte cuando el activo del delito tenga parentesco por consanguineidad o afinidad con el ofendido o victima hasta el tercer grado.
Si el delito se comete de noche o si el medio empleado fuere la violencia, la penalidad se aumentara hasta una mitad más.
La reforma por modificación al artículo 296 del Código Penal para el Estado de Nuevo León se aprobó con 33 votos a favor, en lo general y en lo particular.