Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
PROPONE QUE ASE DENUNCIE SIN AVAL DE CONGRESO
25 de Abril 2016

PROPONE QUE ASE DENUNCIE SIN AVAL DE CONGRESO

Monterrey, 25 de Abril 2016
El Diputado Daniel Carrillo Martínez, presentó una iniciativa con decreto de reforma a la Constitución Política local para que la Auditoría Superior del Estado sin aprobación del Congreso de Nuevo León promueva procedimientos de responsabilidad contra alguna autoridad que haya desviado recursos.

Así mismo planteó reformas a la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León para actualizar dicha ley con la reforma Constitucional que crea las bases del Sistema Estatal Anticorrupción.

Con las reformas propuestas, el aval del Poder Legislativo no será necesario para proceder jurídicamente, penalmente o administrativamente contra los Poderes del Estado, los Organismos Autónomos, los organismos descentralizados y desconcentrados y fideicomisos públicos de la administración pública del Estado, los Municipios y sus organismos descentralizados y desconcentrados cualquier autoridad que haya desviado recursos.

"Cuando la Auditoría efectué observaciones a la Cuenta Pública y estas no sean solventadas en tiempo y forma, girará la instrucción para que directamente se promueva el procedimiento de fincamiento de responsabilidades resarcitorias que procedan, o en su caso la instrucción para que se presenten las denuncias penales a que hubiere lugar, en contra de quien o quienes resulten responsables, sin perjuicio de los procedimientos que hasta ese momento hayan sido promovidos en los términos de esta Ley", establecen las reformas propuestas.

"Por el lado de la Ley de Fiscalización es prácticamente proceder sin necesidad de permiso por parte del Congreso contra cualquier autoridad que desvíe recursos. Para que la Auditoría Superior proceda sin necesidad de autorización del Congreso contra cualquier autoridad que desvíe recursos", detalló el Diputado Daniel Carrillo en entrevista.

Las modificaciones se hicieron al artículo 63 de la Constitución y a los artículos 2, 4, 12, 18, 19, 20, 36, 38, 42, 43, 45, 48, 51, 52, 53, 54, 56, 57, 61, 64, 65, 66 y 67, 68, 69, 71, 72, 76, 74, 82, 88, 89 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.