Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
APRUEBAN, EN PRIMERA VUELTA, SOLUCIÓN A LÍMITES TERRITORIALES
30 de Julio 2011
APRUEBAN, EN PRIMERA VUELTA, SOLUCIÓN A LÍMITES TERRITORIALES
Monterrey, 30 de Julio 2011
Para resolver de forma más rápida los conflictos referentes a los límites territoriales entre municipios, diputados locales aprobaron, en primera vuelta, reformas a la Constitución del Estado.
La iniciativa de reforma al artículo 63 de dicho ordenamiento legal, pretende generar la eficaz solución de los aspectos de indeterminación de límites territoriales, causados, muchas veces, por la incertidumbre debido a la urbanización y del incremento de la mancha urbana en el Estado.
La diputada Jovita Morín flores, mencionó que las disposiciones vigentes, tanto de la Constitución Política del Estado, como de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado, faculta al Congreso para resolver en materia de límites territoriales, pero que estos resultan insuficientes para dar un debido cause y resolución adecuada a los problemas de límites municipales.
Con las reformas, se establece la solución de los arreglos amistosos, además de darle la facultad al Congreso para que, mediante Decreto aprobado por el voto de las dos terceras partes de los integrantes de la Legislatura, los municipios especifiquen la extensión y fijen sus límites y colindantes.
"Estimamos sumamente acertado que se haga constitucional la obligación de que el Congreso del Estado tome su papel en la solución de conflictos o en aquellos casos de convenios amistosos entre los Municipios", expresó Morín Flores.
Además, mediante una adición al artículo 28, se propone que los municipios podrán resolver por sí mismos los asuntos de límites territoriales, antes de ser planteados al Poder Legislativo.
De esta manera, al aprobarse, en lo general y en lo particular, se elevará a rango constitucional la obligación de que el Congreso del Estado tome su papel en la solución de conflictos o de los convenios amistosos entre los municipios.
HACEN OBLIGATORIO INCORPORAR PLAN DE DESARROLLO HUMANO
Por otro lado, como una medida para planear la inversión a realizar en sectores como el deporte, empleo, infraestructura, educación, entre otros, fue aprobada, en primera vuelta, una reforma al artículo 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal.
Con esta reforma, se obliga a los Ayuntamientos a crear un Plan de Desarrollo Municipal, el cual deberá ser propuesto al cabildo al inicio de los Ayuntamientos.
La diputada Brenda Velázquez Valdez, señaló que, en la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal, se establecen atribuciones y responsabilidades de los Ayuntamientos, la elaboración y publicación, dentro de los tres primeros meses a partir de la fecha de instalación del Ayuntamiento, del Plan de Desarrollo Municipal correspondiente a su periodo constitucional de Gobierno, así como los programas de obras y servicios públicos de su competencia.
Una vez entrada en vigor la presente reforma, este plan contendrá un capítulo que se denominará Plan de Desarrollo Humano, que será revisado cada tres años. El capítulo deberá contener una estrategia integral de política pública en el perfeccionamiento y realización de las capacidades humanas.