Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
APRUEBAN MODIFICACIONES AL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO
14 de Marzo 2011
APRUEBAN MODIFICACIONES AL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO
Monterrey, 14 de Marzo 2011
Con el fin de adecuar ciertos ordenamientos legales, el Congreso del Estado aprobó modificaciones al Código Civil Estatal.
Esto, a efecto de que sea la autoridad judicial quien tenga a su cargo el otorgamiento de las dispensas para autorizar el matrimonio entre menores de edad.
"Resulta necesario la actualización de las normas de derecho civil, quedándose exclusivamente dicho trámite a la autoridad judicial a través de la vía de jurisdicción voluntaria y que sea un Juez quien valore la propuesta de dispensa, analizando cada uno de los elementos". Mencionó el diputado Tomás Montoya Díaz, quien dio lectura al documento.
La iniciativa de reforma fue propuesta por la diputada María de los Ángeles Herrera García, y turnada a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales para su estudio y dictamen.
Además, las modificaciones a los artículos 148 y 237 y derogación del 151 del Código Penal se hacen en relación a la edad mínima para que el hombre y la mujer puedan contraer matrimonio.
El decreto plantea que "Para contraer matrimonio, el hombre y la mujer necesitan haber cumplido dieciséis años. Los jueces competentes podrán conceder dispensas de edad por causas justificadas".
Antes de la aprobación la edad mínima en la mujer era de 14 años y en el hombre de 16, con la reforma queda homologada a 16 años la edad para los contrayentes.
El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Esto, a efecto de que sea la autoridad judicial quien tenga a su cargo el otorgamiento de las dispensas para autorizar el matrimonio entre menores de edad.
"Resulta necesario la actualización de las normas de derecho civil, quedándose exclusivamente dicho trámite a la autoridad judicial a través de la vía de jurisdicción voluntaria y que sea un Juez quien valore la propuesta de dispensa, analizando cada uno de los elementos". Mencionó el diputado Tomás Montoya Díaz, quien dio lectura al documento.
La iniciativa de reforma fue propuesta por la diputada María de los Ángeles Herrera García, y turnada a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales para su estudio y dictamen.
Además, las modificaciones a los artículos 148 y 237 y derogación del 151 del Código Penal se hacen en relación a la edad mínima para que el hombre y la mujer puedan contraer matrimonio.
El decreto plantea que "Para contraer matrimonio, el hombre y la mujer necesitan haber cumplido dieciséis años. Los jueces competentes podrán conceder dispensas de edad por causas justificadas".
Antes de la aprobación la edad mínima en la mujer era de 14 años y en el hombre de 16, con la reforma queda homologada a 16 años la edad para los contrayentes.
El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.