Autor: Grupo Legislativo PRI
El objetivo de esta iniciativa, es el de garantizar en el Código Civil la igualdad jurídica entre el hombre y la mujer, que desde hace años está plasmada en la Constitución y los Tratados Internacionales de los que México forma parte.
Señaló que no existen elementos objetivos ni jurídicos que respalden la costumbre de asentar en primer lugar al apellido paterno. Se trata sólo de una práctica común. Por lo que anteponer otro apellido al de una mujer, de manera unilateral es inconstitucional, ya que ambos progenitores tienen los mismos derechos y responsabilidades ante sus hijos.
Alhinna Vargas comentó que países como Francia, España, Alemania e Italia, entre otros, y estados como Puebla, Ciudad de México, Yucatán y Morelos ya adoptaron, desde hace tiempo, esta modalidad, por lo que es necesario ajustar nuestra legislación local.
Además, expresó que hay un antecedente en la Suprema Corte de Justicia, cuando el Ministro Arturo Zaldívar dictó una sentencia en 1916, mediante la cual resolvió que la práctica de colocar el apellido del hombre primero tiene como trasfondo histórico la concepción de éste como jefe y portador del apellido de la familia, relegando a la mujer a un rol de mero integrante de la misma.
"No debemos olvidar que el padre y la madre son iguales ante la ley y ante sus hijos, y merecen la misma dignidad. Por ello se deben adoptar medidas para eliminar la discriminación en contra de la mujer y reconocer los mismos derechos y responsabilidades de ambos como progenitores", concluyó la Diputada Alhinna Vargas García.
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