Autor: Grupo Legislativo PRI
La discapacidad en las personas representa un importante factor de vulnerabilidad social que se agudiza cuando son particularmente potenciadas en situaciones de pobreza, marginación o exclusión.
Artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala en uno de sus párrafos que.- .El Estado garantizará la entrega de un apoyo económico a las personas que tengan discapacidad permanente en los términos que fije la Ley. Para recibir esta prestación tendrán prioridad las y los menores de dieciocho años, las y los indígenas y las y los afromexicanos hasta la edad de sesenta y cuatro años y las personas que se encuentren en condición de pobreza.
Datos del Censo 2020 del INEGI muestran que en Nuevo León existen 220 mil 206 personas con discapacidad, lo que representa al 3.80 por ciento de la población, es decir, 38 de cada mil ciudadanos del estado sufre una discapacidad. Sin embargo, 551 mil 374 personas en el estado tienen alguna limitación, ya sea para caminar, ver, hablar, oír, o con algún problema o condición mental, otro 9.53 por ciento, lo que equivale a que en la entidad el 13.33 por ciento de los habitantes padece una discapacidad o limitación.
En los recorrido por algunas colonias del Distrito 13 local conocimos de casos de personas que por la edad o condición geográfica, no pueden acceder a esta pensión, que viven en colonias de zonas de Guadalupe en condiciones de vulnerabilidad y con discapacidad permanente, o familias que tienen hijos mayores de 29 años, pero que no pueden trabajar y el Programa de Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente los limita para obtener este beneficio, por ser mayores de 30 años.
Programa de Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente tiene como objetivo fomentar la vigencia efectiva y respeto irrestricto de los derechos de las niñas, niños, jóvenes e indígenas con discapacidad permanente.
El Programa otorga un apoyo económico a:
1. A todas las personas con discapacidad que pertenezcan a grupos indígenas del país de 0 a 64 años de edad.
2. Niñas, niños y jóvenes con discapacidad permanente de 0 a 29 años que vivan en municipios y zonas urbanas de alta y muy alta marginación.
Lo que buscamos con esta propuesta es que con esta pensión el Gobierno de México refrende su compromiso para eliminar las barreras de exclusión, discriminación y racismo que enfrentan millones de mexicanos y que no les permiten ejercer plenamente sus derechos económicos y sociales en todas las entidades de nuestro país y en el estado de Nuevo León.
En razón de lo anterior quienes integramos el Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional presentamos ante este Pleno el siguiente punto de:
ACUERDO
ÚNICO: La Septuagésima Sexta Legislatura al Honorable Congreso del Estado de Nuevo León realiza un atento y respetuoso exhorto a la Secretaría de Bienestar Federal, para en el ámbito de sus atribuciones se incluya dentro del Programa de Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente a las personas mayores de 29 años de edad.
2024© Grupo Legislativo Partido Revolucionario Institucional, Nuevo León.
8150-9500
glpri@hcnl.gob.mx