Autor: Grupo Legislativo PRI
El de la voz y los Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la Septuagésima Quinta Legislatura al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, con fundamento en lo dispuesto por las facultades conferidas en el artículo 122 Bis del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León, someto a la consideración de esta Soberanía, el siguiente Punto de Acuerdo con base en la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
A través de la historia del derecho y con la evolución de este, se a tratado de crear y consolidar instituciones del estado mexicano que protejan el Estado de derecho, primordialmente a personas que son victimas en hechos tipificados por nuestras leyes como delitos.
Ahora bien, es oportuno mencionar que una de las instituciones con mayor participación de la protección de estos derechos es la Fiscalía General de la Republica misma que alcanzó su autonomía el 20 de diciembre de 2018.
Es oportuno mencionar que las funciones y la participación de este organismo frente a otras instituciones de carácter público y privado deben ser siempre respetadas.
Se señala lo anterior, toda vez que en fecha 02 de octubre de 2020, fue presentada en el Senado de la Republica una iniciativa integral en materia de seguridad pública.
Dicha iniciativa expide una nueva Ley de la Fiscalía General de la República, abroga la Ley vigente y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de distintos ordenamientos legales.
De un análisis de la propuesta que se presentó podemos advertir diversas áreas de oportunidad buscando siempre darle continuidad a mejorar las funciones de la Fiscalía protegiendo siempre a las víctimas de personas desaparecidas y sus familiares, dentro de ellas se puede destacar:
La LEY PARA LA PROTECCIÓN DE PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y PERIODISTAS, se observa en la propuesta de reforma lo siguiente:
Por otra parte, en la LEY GENERAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE ESTOS DELITOS, se contempla lo siguiente
Resulta importante que estas modificaciones se analicen de la mano de expertos de la sociedad civil, como ya lo ha hecho el Congreso de la Unión en otros temas de suma relevancia como este, a través del parlamento abierto.
Lo anterior, ya que se debe analizar a profundidad la propuesta de excluir a una autoridad tan importante como la Fiscalía General de la República, dentro de estos órganos de decisión.
Ya que son ellos los que tienen el primer contacto con las victimas de delitos y el permitir que sean eliminados puede tener consecuencias devastadoras para aquellas personas que son vulnerados en sus derechos y que son considerados por la ley de víctimas de delitos.
Es por lo anteriormente expuesto que sometemos a consideración de esta Soberanía, el siguiente proyecto de acuerdo que solicitamos sea votado en este momento:
ACUERDO
ÙNICO.- Los diputados integrantes de la Septuagésima Quinta Legislatura al Congreso del Estado de Nuevo León, realizamos un atento y respetuoso exhorto a los integrantes de las Comisiones de justicia y estudios legislativos segunda de la Cámara de Senadores, para que en el proceso de discusión de la iniciativa por la que se expide la Ley de la Fiscalía General de la República, se tome en cuenta la opinión de expertos y de la sociedad civil mediante parlamento abierto para emitir un dictamen que evite cualquier vulneración de derechos humanos sobre todo de personas desaparecidas y sus familiares.
Monterrey, NL., a febrero de 2021
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