Autor: Grupo Legislativo PRI
Fue presentado el proyecto de decreto por parte de la Diputada del PRI, Gloria Treviño, para modificar y adecuar la Ley General para la Atención y Protección de las Personas con la Condición del Espectro Autista con lo dictaminado con la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La Diputada del PRI, mencionó que el 30 de abril del 2015, se publicó la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista por el Congreso de la Unión, para impulsar la integración e inclusión a la sociedad de las personas con la condición del espectro autista.
Informó que tres artículos de esta ley fueron declarados inconstitucionales por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por solicitar un certificado de habilitación para acceder a un trabajo, considerado discriminatorio por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
"Fue en fecha 18 de febrero de 2016, cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de votos de su Pleno, declaró la inconstitucionalidad de tres artículo de esta ley, los cuales obligaban a quienes padecen este trastorno, a tramitar un certificado de habilitación para poder acceder a un trabajo y realizar otras actividades de manera autónoma, esto después que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos presentara este recurso por considerarlas contrarios a la Constitución, por exigir estos certificados sin justificación, poniendo en desventaja a las personas con este padecimiento".
"Es evidente que se debe adecuarse la norma antes citada, esto en virtud de que su aplicación estaría trasgrediendo derechos fundamentales de las personas, además de que este contraviniendo gravemente el Estado de Derecho que se debe de guardar en la aplicación de la normativa", manifestó Gloria Treviño.
En las reformas de los artículos 3, 10, 11, 16, 17, así como una adición de un párrafo segundo al artículo 2 destacan:
- Tener un diagnóstico y una evaluación clínica temprana, precisa, accesible y sin perjuicio de acuerdo con los objetivos del Sistema Nacional de Salud, así como el certificado médico correspondiente.
- Disponer de ficha personal en lo que concierne el área médica, psicológica, psiquiátrica y educativa, al momento en que les sean requeridos por autoridad competente.
- Recibir una educación y capacitación basada en criterios de integración e inclusión tanto social como laboral, tomando en cuenta sus capacidades y potenciales, mediante evaluaciones integrales de las que resulte un documento que avale su aptitud para desempeñar diversos oficios, a fin de garantizar su acceso a un desarrollo integral y de fortalecer la posibilidad de una vida independiente.
- Negar la contratación a un empleo debido a su condición y/o abusar de las personas en el ámbito laboral.