Autor: Grupo Legislativo PRI
Exposición de Motivos
Sin duda alguna nuestro país tiene
dentro de su estructura social una gran diversidad de géneros, que lo
caracterizan al resto del mundo, catalogado así, por tener una riqueza
incomparable dentro de su entorno social y pluricultural.
En consecuencia, debemos advertir que
esto trae dentro de una sociedad convergente una problemática de índole
discriminatoria a diversos sectores de la sociedad como: personas adultas mayores, fieles religiosos, etnias, migrantes, refugiados,
entre otros; llegando a afectar a casi un tercio de toda la población en el
territorio nacional, según reveló la Encuesta
sobre Discriminación 2013.
Respecto de este tema, es de mencionar
que Nuevo León, ocupa una de las tres principales zonas conurbadas del país,
que destaca a nivel nacional por ser una urbe en donde existe lamentablemente mayor
discriminación, de acuerdo a la encuesta de discriminación ENEDIS 2010.
Asimismo, se revela que la capital del
Estado, tiene un mayor porcentaje de personas que piensan que no se respetan el
derecho de las personas con un 21.34 por ciento, contra 20.81 por ciento de la
ciudad de México y un 9.8 por ciento de Guadalajara.
Esta situación que reduce la
verdadera inclusión social, no es
atípica ni distintiva de nuestra entidad, ya que desde hace varios
años se ha estado atendiendo este problema de discriminación, a través políticas
públicas nacionales para combatir este
gran mal que reduce el crecimiento como sociedad.
Ante tal necesidad se recurrió a establecer un
órgano nacional creado a partir de la expedición de la Ley Federal para
prevenir y Eliminar la Discriminación, misma
que está en vigor desde 11 de junio del
2003.
Este órgano tiene por objeto promover políticas y medidas tendientes a contribuir al
desarrollo cultural y social y avanzar en la inclusión social y garantizar el
derecho a la igualdad, que es el primero de los derechos fundamentales en la
Constitución Federal.
Además de encargarse de recibir y
resolver las reclamaciones y quejas por presuntos actos discriminatorios
cometidos por particulares o por autoridades federales en el ejercicio de sus
funciones, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación desarrolla
acciones para proteger a todos los ciudadanos y las ciudadanas de toda
distinción o exclusión basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad,
discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo,
lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier
otra, que impida o anule el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la
igualdad real de oportunidades de las personas.
Esta organismo cuenta con personalidad
jurídica y patrimonio propios, y está sectorizado a la Secretaría de
Gobernación. Además, goza de autonomía técnica y de gestión, adopta sus
decisiones con plena independencia, y no está subordinado a ninguna autoridad
para sus resoluciones en los procedimientos de reclamaciones o quejas.
Este tipo de derechos son reconocidos
por nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y garantiza
la protección irrestricta de cualquier tipo de discriminación postulándolo como
un derecho de los individuos estableciendo en el artículo 1º
Constitucional, la forma en que el Estado deberá preservar este derecho, mismo
que a la letra señala:
"Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o
nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las
condiciones de salud, la religión, las opiniones, las referencias sexuales, el
estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar
los derechos y libertades de las personas.
En el mismo sentido,
y a fin de reducir las prácticas discriminatorias en las entidades federativas,
se estableció en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en su artículo
18, que:
"El domicilio del Consejo es la Ciudad de México,
Distrito Federal, pero podrá establecer delegaciones y oficinas en otros
lugares de la República Mexicana"
Al
respecto, el artículo 3 de la misma Ley establece como una de las funciones importante
de este organismo es la siguiente:
"Cada una de las autoridades y de los órganos públicos federales adoptará
las medidas que estén a su alcance, tanto por separado como coordinadamente,
...... lo anterior para que toda persona goce, sin discriminación alguna, de
todos los derechos y libertades consagrados en la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos en las leyes y en los Tratados Internacionales de los
que México sea parte"
Por
ello y atendiendo esta problemática que debe preocuparnos y ocuparnos a todos, y
en el marco de la celebración del Día Nacional contra la Discriminación, que se
decretó desde el 2010, con el propósito de promover la igualdad y la
no discriminación como una condición indispensable para alcanzar la justicia
social en México, nos corresponde como autoridad impulsar las medidas necesarias,
para que a través de la Comisión Nacional para Prevenir la Discriminación y de
conformidad a su marco normativo en Nuevo León se promuevan acciones tendientes
a evitar actos discriminativos y por
ello consideramos oportuno que se establezca un organismo especializado en la
entidad, dependiente del CONAPRED.
Esto
permitirá tener un acercamiento y atención ciudadana más directa con nuestros
gobernados, así como tener la proximidad idónea con la problemática que se vive
en la entidad, e impulsar las acciones necesarias que permita reducir las
estadísticas negativas de discriminación en Nuevo León, hasta lograr su
erradicación.
Por las razones antes expuestas y considerando que se
trata de un asunto de vital importancia para el Estado de Nuevo León, solicito
de la manera más atenta a esta Presidencia, someter a votación en este momento,
el siguiente:
Punto
de Acuerdo
Único. La LXXIII Legislatura
al H. Congreso del Estado solicita respetuosamente al Consejo Nacional para
Prevenir la Discriminación (CONAPRED), para que en ejercicio de la facultad
que le otorga el artículo 1 de la
Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos y
el correlativo 18 de la Ley Federal para
Prevenir y Eliminar la Discriminación y, establezca una delegación u oficina de
representación del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación en Nuevo León, con
el objetivo de poder atender la problemática
que se vive en la entidad.
Monterrey, Nuevo León a octubre de 2013
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