Autor: Grupo Legislativo PRI
El Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional presentó una iniciativa para reformar diversos artículos de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Nuevo León y al artículo 70 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Nuevo León.
Lo anterior, debido a que el pasado 22 de octubre del presente año, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, la Sentencia dictada por el Tribunal en Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la Controversia Constitucional 61/2010, promovida por el Municipio de San Pedro para la creación de un contencioso administrativo municipal.
En razón de lo anterior, fue que la Suprema Corte determina que el Congreso no ha cumplido a cabalidad con el marco legal sobre la materia, se presenta esta iniciativa de reforma a la Ley y por ello esta propuesta de reforma de parte de la Fracción del Partido Revolucionario Institucional.
La iniciativa presentada por el legislador del PRI, José Juan Guajardo tiene como objetivo que se establezca la organización y funcionamiento del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Nuevo León, así como la integración, funcionamiento y atribuciones del Tribunal de lo Contencioso Administrativo que así decidan crear los Ayuntamiento del Estado.
"Este Tribunal Estatal o Municipal, está dotado de facultades para conocer y resolver los conflictos y controversias que se susciten entre los particulares y el Estado, los Municipios, sus organismos descentralizados y empresas de participación estatal y municipal cuando estas últimas realicen funciones administrativas de autoridad; el procedimiento para su resolución y ejecución; los recursos que los particulares y las autoridades podrán interponer en contra de los fallos que pronuncie", comentó.
El legislador consideró que en aras de lo anterior se presenta ante el Pleno un proyecto de reformas por modificación y adición de diversos artículos de la Ley de Justicia Administrativa del Estado, incluyendo su denominación.
"Consideramos que no es necesario emitir un nuevo ordenamiento en materia de contencioso municipal, dado que la actual legislación estatal ha sido objeto de actualizaciones importantes que la mantienen como un cuerpo normativo de vanguardia en materia administrativa procesal", afirmó.
Concluyó que la intención de tomar como base la ley de justicia administrativa es porque en ella se encuentran instituciones que dan certeza, permanencia, coherencia y sistema a la administración de justicia.
"Precisamente lo dice la Corte: "la única forma en que puede instaurarse constitucionalmente la administración de justicia en el orden municipal, es mediante la expedición de una ley estatal que contenga la creación y determinación de los órganos encargados de impartir la justicia administrativa y su certera composición e integración", expresó.
El diputado José Juan Guajardo, señaló que también se buscan las garantías y salvaguardas de la independencia de los tribunales y sus titulares; así como los medios de impugnación que serán administrados por esos órganos, los plazos y términos correspondientes; los medios necesarios para garantizar la plena ejecución de la sentencia, y los principios de igualdad, publicidad, audiencia y legalidad como rectores de la función jurisdiccional en el orden municipal.