Autor: Grupo Legislativo PMC
Con su venia Diputada Presidenta
En México la violencia hacia las niñas, niños y adolescentes, en ocasiones es descrita como una forma de disciplina, lo cual fomenta la continuidad de su invisibilidad y se perpetúa la violencia en contra de las niñas, niños y adolescentes. Esto, trae como consecuencia graves afectaciones tanto en su desarrollo físico como psicológico, causando trastornos a corto y largo plazo, generádo desórdenes como ansiedad, depresión, problemas para relacionarse con los demás, agresividad, entre otros.
Esta forma de "disciplina", se puede presentar a manera de un contacto físico, puediendo ser un jalón de orejas, unas "nalgadas" o un manotazo, así también, a través de gritos, humillaciones o ejercicios físicos, como el mantener una postura específica durante determinado tiempo[1].
Según la organización Save the Children, 7 de cada 10 niñas y niños son víctimas de algún tipo de violencia en México, lo cual coloca a nuestro País como el primer lugar de violencia dentro de los países que integran la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE). También estima que, el impacto de la violencia en términos económicos, es de un 21% del Producto Interno Bruto.[2]
En ese orden de ideas, en 2018, se llevó a cabo la Consulta Infantil y Juvenil (CIJ), dirigida por el Instituto Nacional Electoral. En Nuevo León, participaron 231,084 niñas, niños y adolescentes, los cuales representan un 20.2% del total de la población que tiene entre 6 y 17 años en la entidad.
En el contenido de la Consulta, entre otros temas, se indagó sobre si se percibía o enfrentaban cotidianamente algún tipo de violencia o maltrato. Como resultado, se observó que, las edades 6 a 9 años, percibián o enfrentaban algún tipo de violencias en el Estado por encima de la media nacional; por debajo de la media, en la boleta de 10 a 13 años y; en la media nacional, en la boleta de 14 a 17 años.
De igual manera, en los datos obtenidos de la Consulta, en Nuevo León se reporta que la violencia se presenta más en infantes que no se identifican como niños/niñas o que se identifican como ambos, siendo el tipo de violencia más común a la que se enfrentan en todos los rangos de edad es la psicológica y verbal, seguido por los golpes. Así mismo, resulta alarmante que él lugar donde más sufren alguna clase de maltrato es en su propia casa.
En ese orden de ideas, la protección de niños, niñas y adolescentes, se contempla en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al establecer que en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos.
En consonancia con esta disposición, la Ley General de los Derechos de la Niñas, Niños y Adolescentes, contempla desde su más reciente reforma, la obligación de las autoridades de todos los órdenes de Gobierno de prevenir, atender y sancionar los casos en que niñas, niños o adolescentes se vean afectados por castigo corporal y humillante.
En ese mismo sentido, el principio de protección a niños, niñas y adolescentes, es igualmente reconocido por la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, contenido en el Artículo 3°, señalando que el Estado y los municipios priorizarán el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el acceso, permanencia y participación en los servicios educativos.
En virtud de lo anterior, como resultado de la colaboración interinstitucional entre el DIF Nuevo León y el Sistema de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes de Monterrey y el compromiso con las niñez y adolescencia en el Estado, se llevó a cabo reunión de trabajo en la cual se realizó un análisis de normativa local en la materia, permitiendo identificar la ausencia de los preceptos que se proponen adicionar, siendo esto la razón fundamental de la presente iniciativa.
Es por ello, que se pretende llevar a cabo una homologación legislativa del marco legal estatal con el federal, otorgándole a las niñas, niños y adolescnetes mayores garantías para proteger y cuidar su desarrollo en el medio más adecuado posible, adicionando la prohibición de realizar diversas conductas en su perjuicio y que vulneran sus derechos.
En conclusión, podemos afirmar que la violencia o maltrato infantil produce una grave afectación a las garantías que el Estado plantea proteger. Ello, a su vez, se traduce en una afectación al bien superior de la niñez al no cumplir con las leyes y recomendaciones adecuadas para el debido desarrollo de las niñas, niños y adolescentes.
Adicionalmente, y en virtud de la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, publicada en el Periódico Oficial del Estado el 02 de octubre del presente año, se propone realizar el ajuste a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado De Nuevo León, a efecto de contemplar la denominación actual de las distintas Secretarías de Estado, evitando así la existencia de lagunas legales e interpretativas en esta Ley, otorgando certeza jurídica a la ciudadanía, reforzando el marco legal.
Dado en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, a los 16 días del mes de noviembre de 2021.
Dip. Eduardo Gaona Domínguez Grupo Legislativo de Movimiento Ciudadano LXXVI Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León |
LA PRESENTE FOJA FORMA PARTE DEL POSICIONAMIENTO SOBRE INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LA LEY DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES PARA EL ESTADO DE NUEVO LEÓN, EN MATERIA DE PROHIBICIÓN AL CASTIGO CORPORAL Y HUMILLACIÓN CONTRA NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, DE FECHA 16 DE NOVIEMBRE DE 2021.
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