Autor: Grupo Legislativo PMC
DIPUTADA IVONNE LILIANA ÁLVAREZ GARCÍA
PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA DEL
H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN
PRESENTE. -
Quienes suscriben, CC. Diputadas Sandra Elizabeth Pámanes Ortíz, Iraís Virginia Reyes de la Torre, Brenda Lizbeth Sánchez Castro, Tabita Ortiz Hernández, Norma Edith Benítez Rivera, María Guadalupe Guidi Kawas, Diputados Eduardo Gaona Domínguez y Carlos Rafael Rodríguez Gómez, integrantes del Grupo Legislativo de Movimiento Ciudadano de la LXXVI Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León, con fundamento en lo establecido por los artículos 122, 122 Bis y 123 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta al Titular de la Auditoría Superior del Estado, a efecto de que, con fundamento en el párrafo quinto de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como en los Artículos 37, 38, 39 y Artículo 40 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, requiera una REVISIÓN DE SITUACION EXCEPCIONAL a los Organismos Públicos Descentralizados: Agua y Drenaje de Monterrey, ISSTELEON, SIMEPRODE y METRORREY, lo cual se expresa en la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El pasado 4 de octubre del presente año, tomo protesta el nuevo Gobierno Estatal, y es de exponer que, en la presente Semana, por parte del Poder Ejecutivo, se realizaron los nombramientos de Organismos Públicos Descentralizados, entre ellos, Agua y Drenaje de Monterrey, ISSSTELEON, METRORREY y SIMEPRODE.
En ese sentido, el Ejecutivo Estatal ha manifestado que se realizarán Auditorías a estas 4 entidades paraestatales, ello en atención a haberse observado un mal manejo en el ejercicio de los recursos públicos, así como la posible comisión de actos de corrupción durante el desempeño del cargo de las personas titulares de estas en la pasada administración.
Debemos mencionar que este H. Congreso del Estado, aún tiene Cuentas Públicas por resolver de dichos organismos, por lo que, en observación a los últimos informes remitidos por la Auditoria Superior del Estado, se señala lo siguiente:
Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey I.P.D. |
||||
Expediente |
Ejercicio Fiscal |
No. De Observaciones |
Monto Observado |
Comentarios |
14166/LXXV |
2019 |
209 |
589,614,002 |
Pendiente |
13138/LXXV |
2018 |
301 |
1,498,978,603 |
Pendiente |
12134/LXXIV |
2017 |
199 |
4,617,883,864 |
Pendiente |
|
2016 |
189 |
4,457,284,234 |
Rechazada |
|
2015 |
173 |
4,457,284,234 |
Rechazada |
ISSSTELEON |
||||
Expediente |
Ejercicio Fiscal |
No. De Observaciones |
Monto Observado |
Comentarios |
14204/LXXV |
2019 |
27 |
354,704,055 |
Pendiente |
13126/LXXV |
2018 |
23 |
395,834,934 |
Pendiente |
|
2017 |
36 |
1,274,255,319 |
Aprobada |
11340/LXXIV |
2016 |
31 |
14,806,243 |
Pendiente |
10466/LXXIV |
2015 |
11 |
1,717,146,126 |
Pendiente |
METRORREY |
||||
Expediente |
Ejercicio Fiscal |
No. De Observaciones |
Monto Observado |
Comentarios |
14167/LXXV |
2019 |
52 |
563,390,135 |
Pendiente |
13145/LXXV |
2018 |
70 |
2,402,408,728 |
Pendiente |
|
2017 |
40 |
1,630,949,297 |
Rechazada |
|
2016 |
41 |
704,801,397 |
Rechazada |
10476/LXXIV |
2015 |
41 |
693,674,430 |
Pendiente |
SIMPEPRODE |
||||
Expediente |
Ejercicio Fiscal |
No. De Observaciones |
Monto Observado |
Comentarios |
14205/LXXV |
2019 |
23 |
374,266,966 |
Pendiente |
13146/LXXV |
2018 |
21 |
487,485,709 |
Pendiente |
|
2017 |
19 |
571,948,543 |
Aprobada |
|
2016 |
51 |
573,663,269 |
Rechazada |
|
2015 |
21 |
1,782,883 |
Aprobada |
Como podemos observar, hay diversas anomalías que derivan en observaciones que "inundan" a estos organismos, y que en conjunto, hablamos de irregularidades acumuladas por montos de miles de millones de pesos.
Consecuentemente, para poder cumplir con los principios de una adecuada fiscalización, así como rendición de cuentas y transparencia de los Organismos Públicos del Estado, es necesario ejercer la facultad que, a la Auditoría Superior del Estado, otorga la Constitución Local en el párrafo quinto del artículo 136, que a la letra dice:
Asimismo, sin perjuicio del principio de posterioridad, en las situaciones excepcionales que determine la Ley, derivado de denuncias, la Auditoría Superior del Estado revisará durante el ejercicio fiscal en curso a las entidades fiscalizadas, así como respecto de ejercicios anteriores. Las entidades fiscalizadas proporcionarán la información que se solicite para la revisión, en los plazos y términos señalados por la Ley y, en caso de incumplimiento, serán aplicables las sanciones previstas en la misma. La Auditoría Superior del Estado rendirá un informe específico al Congreso y, en su caso, promoverá las acciones que correspondan ante el Tribunal de Justicia Administrativa, la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción o las autoridades competentes
Por su parte, el Artículo 39 de Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, señala los supuestos en los que es posible realizar revisiones excepcionales:
Artículo 39.- Se entenderá por situaciones excepcionales aquellos casos en los cuales, de la denuncia que al efecto se presente, se deduzca alguna de las siguientes circunstancias:
I. Un daño patrimonial que afecte la Hacienda Pública de los Poderes del Estado, o en su caso, al Patrimonio de los Entes Públicos estatales, o de sus Organismos Descentralizados o empresas, de participación estatal mayoritaria o fideicomisos públicos del Estado, de los organismos constitucionalmente autónomos, por un monto que resulte superior a cien mil cuotas;
II. Un daño patrimonial que afecte la Hacienda Pública de los Municipios o, en su caso, al Patrimonio de los Entes Públicos Municipales, o de sus organismos descentralizados o desconcentrados o fideicomisos públicos municipales por un monto que resulte superior a cincuenta mil cuotas;
III. Posibles actos de corrupción;
IV. La afectación de áreas estratégicas o prioritarias de la economía del Estado o de los Municipios;
V. El riesgo de que se paralice la prestación de servicios públicos esenciales para la comunidad;
VI. La comisión de un delito; y
VII. El uso o desvío de recursos financieros para fines distintos a los autorizados
En ese orden de ideas, en diversos medios de comunicación se han dado a conocer que, Agua y Drenaje de Monterrey, es la entidad con más denuncias de hechos de corrupción con un total de 137.
Número de denuncias por Organismo Público Descentralizado:
Así mismo, en el último informe de la Unidad Anticorrupción emitido por la Administración saliente, se indica que en todo el sexenio, de octubre del 2015 a septiembre de 2021, se recibieron mil 919 denuncias, y restando las correspondientes a municipios y otras autoridades, mil 205 se presentaron en el ámbito estatal.
Debemos asumir nuestro compromiso con la ciudadanía, para que se sancione cualquier conducta que afecte gravemente a los derechos y garantías de pueblo de Nuevo León, es porque ello que invitamos a quienes integran esta H. Legislatura a sumarse a a la presente propuesta, que tiene por objeto exhortar a la Auditoría Superior del Estado para que se realicen revisiones excepcionales, comenzando por estos 4 Organismos Descentralizados que, ante los hechos de conocimiento público, las conductas realizadas implican una afectación a la hacienda pública de Nuevo León.
En mérito de lo expuesto, es que nos permitimos poner a su consideración el siguiente.
ACUERDO
ÚNICO. - La LXXVI Legislatura al H. Congreso del Estado de Nuevo León, exhorta al C.P. Jorge Guadalupe Galván González, Auditor General de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, para que con fundamento en el Párrafo Quinto del Artículo 136 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como en los Artículos 37, 38, 39 y Artículo 40 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, requiera una REVISIÓN DE SITUACIÓN EXCEPCIONAL a los siguientes organismos público descentralizados:
Asimismo, la Auditoría a su cargo revise, los egresos realizados por estas dependencias, en los ejercicios fiscales de los años 2015 al 2020, ello en atención a los hechos de conocimiento público, así como con las denuncias presentadas ante la Fiscalía Anticorrupción.
Dado en la sede del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, en la Ciudad de Monterrey, a los 11 días del mes de octubre de 2021.
Dip. Sandra Elizabeth Pámanes Ortíz |
Dip. Eduardo Gaona Domínguez |
Dip. Tabita Hernández Ortiz |
Dip. Norma Edith Benítez Rivera |
Dip. Iraís Viriginia Reyes de la Torre |
Dip. Brenda Lizbeth Sánchez Castro |
Dip. María Guadalupe Guidi Kawas |
Dip. Carlos Rafael Rodríguez Gómez |
Integrantes del Grupo Legislativo de Movimiento Ciudadano H. Congreso del Estado de Nuevo León |
La presente foja forma parte de la Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta al Titular de la Auditoría Superior del Estado, a efecto de que, con fundamento en el párrafo quinto de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como en los Artículos 37, 38, 39 y Artículo 40 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, requiera una REVISIÓN DE SITUACION EXCEPCIONAL a los Organismos Públicos Descentralizados: Agua y Drenaje de Monterrey, ISSTELEON, SIMEPRODE y METRORREY.
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