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Buscan crear la 'Medalla al Mérito María Elena Chapa'

14 de Septiembre 2021

SANDRA-PAMANES-ORTIZ-LXXVI

Autor: Grupo Legislativo PMC

DIP. IVONNE LILIANA ÁLVAREZ GARCÍA
PRESIDENTE DEL CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN
P R E S E N T E.-

Las suscritas Diputadas Sandra Elizabeth Pámanes Ortíz, Iraís Virginia Reyes de la Torre, Brenda Lizbeth Sánchez Castro, Tabita Ortiz Hernández, Norma Edith Benítez Rivera, María Guadalupe Guidi Kawas y Diputados Eduardo Gaona Domínguez, Carlos Rafael Rodríguez Gómez, integrantes del Grupo Legislativo de Movimiento Ciudadano de la LXXVI Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León; con fundamento en los artículos 102, 103 y 104 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY QUE CREA LA MEDALLA AL MÉRITO "MARÍA ELENA CHAPA HERNÁNDEZ", lo que se expresa en la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Lucha por los Derechos de las mujeres ha sido larga y constante, en ella se han alcanzado diversos objetivos, tal como lo marca la historia en nuestro país donde la primera mujer pudo votar conforme a las Leyes Promulgadas el 17 de octubre de 1953 y votando el 3 de julio de 1955.

Nueve años más tarde llegarían las primeras dos mujeres al Senado: María Lavalle Urbina y Alicia Arellano Tapia. Y en 1979 Griselda Álvarez Ponce de León sería la primera mujer votada como gobernadora, en el estado de Colima.

Desafortunadamente esta lucha aún no termina, la violencia de género, cuya más terrible expresión es el feminicidio, esta presente en todo el país sin dar señales de detenerse. Feministas sostienen que no se podrá decir que las mujeres ejercen una ciudadanía plena hasta que estos agravios se detengan.

En lo que respecta al Estado de Nuevo León, por disposición del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se constituyó la LXXV Legislatura como la primer Legislatura paritaria en nuestra entidad, y ahora nosotros siendo la LXXVI somos la segunda con conformación paritaria; sin embargo aún tenemos tarea pendiente.

Es importante señalar que la Constitución Polítca de nuestro país, establece en el párrafó tercero del artículo 1º la obligación de todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Con base en nuestra historia y la progresividad del marco jurídico, la presente iniciativa busca dejar memoria de una mujer, ciudadana ejemplar que luchó y logró mucho por las mujeres en Nuestro Estado, ella es María Elena Chapa Hernández.

María Elena Chapa Hernández nació en Doctor González, Nuevo León el 19 de abril de 1944, egresó de la Escuela Normal Miguel F. Martínez (1959-1962). Licenciada en Filosofía, Maestra en Filosofía y Maestra en Recursos Humanos por la Universidad Autónoma de Nuevo León.

Su trayectoria polítca se destaca:

• Ingresó al Partido Revolucionario Institucional (PRI) en 1969.
• Diputada Federal, (1988-1991).
• Senadora de la República (1991-1997);
• Diputada Local (1997-2000).
• Diputada Federal (2000-2003).
• Presidenta y Fundadora Ejecutiva del Instituto Estatal de las Mujeres en Nuevo León (2003 - 2016).

Este Congreso ha impulsado la reforma de diversos ordenamientos para contribuir a la erradicación de la violencia contra las Mujeres en el ámbito laboral, económico, político y familiar.

En el Marco del día Internacional de la Mujer (8 de marzo), por los argumentos vertidos con anterioridad y porque las mujeres representan una lucha constante de compromiso en la promoción, defensa, ejercicio, protección e investigación de los derechos humanos y la igualdad de género. Consideramos de vital importancia que se siga promoviendo el legado de María Elena Chapa, materializar la Igualdad entre la Mujer y el Hombre.

Es indispensable adecuar toda norma y realizar acciones para garantizar los logros obtenidos por la lucha de grandes mujeres líderes, que han influido en nuestra historia y nos han permitido estar hoy aquí, derechos que debemos velar por que prevalezcan.

María Elena Chapa en la fundación de "RED PARIDAD" como grupo plural, apartidista, fundado por mujeres académicas, profesionistas, luchadoras sociales, cuyo desempeño en la vida pública y privada de Nuevo León se ha caracterizado por la defensa de los derechos de las Mujeres, realizar acciones que garanticen que la Paridad se respete y forme parte de la cultura cotidiana nuevoleonesa.

Reiteramos la trascendencia de la aprobación de esta iniciativa en memoria de una gran mujer y sirva como reconocimiento a futuras mujeres que impacten con sus acciones en la comunidad por la materialización de la Igualdad y garantía de los Derechos de las Mujeres en nuestro Estado y País.

En mérito de lo expuesto, se somete a la consideración de esta Honorable asamblea, el siguiente proyecto de:

DECRETO

ÚNICO. -Se expide la Ley que crea la medalla al mérito "MARÍA ELENA CHAPA HERNÁNDEZ" del H. Congreso del Estado de Nuevo León, para quedar como sigue:

Artículo 1.- Se crea la medalla al mérito "María Elena Chapa Hernández" en el Marco del Día Internacional de la Mujer, que otorga el H. Congreso del Estado, para reconocer a las mujeres que hayan incidido y destacado en la lucha de los derechos humanos de las mujeres y la igualdad de género en el Estado de Nuevo León.

Artículo 2.- La medalla al mérito "María Elena Chapa Hernández" se otorga por el H. Congreso del Estado, en el Marco del Día Internacional de la Mujer. La insignia consistira en una medalla en Plata, misma que enunciará lo siguiente:

"En el Marco del Día Internacional de la Mujer, el H. Congreso del Estado de Nuevo León otorga la medalla al mérito "María Elena Chapa Hernández", en honor a su destacada labor en la lucha de los derechos humanos de las mujeres y la igualdad de género en nuestro estado".

Artículo 3.- La medalla será entregada en ceremonia solemne del H. Congreso del Estado, en el mes de marzo de cada año, en el Marco del Día Internacional de la Mujer, que se conmemora internacionalmente el 8 de marzo de cada año.

Artículo 4.- Para la entrega de la medalla al mérito "María Elena Chapa Hernández" el Pleno del Congreso del Estado emitirá una convocatoria para integrar una lista de Mujeres, de la siguiente manera:

l. Convocará a Organismos Públicos y a Organizaciones de la Sociedad Civil, dedicados a la promoción, protección, e investigación de los derechos de la mujer y de la Igualdad de Género, así como las autoridades Municipales;

II. El H. Congreso del Estado, a través de la Comisión para la Igualdad de Género presentará una propuesta, y

III. Convocará a instituciones de educación superior y de investigación en el Estado, a los medios de comunicación y a la Ciudadanía nuevoleonesa para proponer candidatas.

La Comisión para la Igualdad de Género del Congreso del Estado será la encargada de llevar a cabo el análisis y evaluación de las postulaciones, con el fin de que, de manera fundada y motivada, elijan a la candidata que cumpla con los requisitos consignados en la presente ley y en la convocatoria; hecho lo anterior, la someterá a consideración del Pleno del Congreso del Estado.

Artículo 5.- Las postulaciones deberán contener lo siguiente:

I. Nombre de la aspirante al Reconocimiento;

II. Una reseña sucinta de los logros y aportes en la promoción, protección, defensa e investigación de los derechos humanos de las mujeres y la igualdad de género y;

III. La sustentación por la cual debe ser elegida como la mujer merecedora a la medalla.

Artículo 6.- Las postulaciones deberán ser entregadas en la Oficialía de Partes del Congreso del Estado, dirigidas a la Presidencia de la Comisión para la Igualdad de Género en el domicilio: Matamoros 555 Oriente, Centro, Monterrey, Nuevo León, durante el mes de noviembre de cada año, con la finalidad de que se lleve a cabo el análisis, discusión y aprobación al interior de la Comisión para su dictaminación.

Artículo 7.- El Dictamen de aprobación emitido por la Comisión para la Igualdad de Género, será presentado al Pleno del H. Congreso del Estado para deliberar mediante votación, quién será la candidata elegida para recibir el Reconocimiento.

TRANSITORIOS

ÚNICO. - El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del estado de Nuevo León.

Dado en la sede del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, en la Ciudad de Monterrey, a los 13 días del mes de septiembre de 2021.

C. Dip. Eduardo Gaona Domínguez

C. Dip. Sandra Elizabeth Pámanes Ortíz

C. Dip. Iraís Virginia Reyes de la Torre

C. Dip. Brenda Lizbeth Sánchez Castro

C. Dip. Tabita Ortiz Hernández

C. Dip. Norma Edith Benítez Rivera

C. Dip. María Guadalupe Guidi Kawas

C. Dip. Carlos Rafael Rodríguez Gómez


La presente foja forma parte de Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se Expide la Ley que crea la Medalla al Mérito "María Elena Chapa Hernández", de fecha 13 de septiembre de 2021.

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