Autor: Grupo Legislativo PMC
Con la finalidad de otorgar una esfera jurídica que fomente y garantice la protección contra represalias tanto de carácter moral como económico a denuciantes de actos de corrupción llevados a cabo por servidores públicos del Estado de Nuevo León, el diputado Arturo B. De la Garza y los integrantes de la bancada ciudadana, presentaron una iniciativa que propone modificar la denominación de la norma que actualmente incentiva la denuncia de dichos actos dando paso a la Ley sobre Denuncias de Actos de Corrupción y Protección de los Denunciantes en el Estado de Nuevo León.
En el proyecto de Decreto se propone reformar la denominación de la Ley y los artículos 1,2,3,4,5,7,8,9,10,11,13,14,15,16,17,18,19 y 21, el nombre de los Capítulos II, III y IV; derogar los artículos 28 y 29, y se adiciona el Capítulo II Bis, así como los artículos 16 Bis y 16 Ter, todos de la actual Ley para Incentivar la Denuncia de Actos de Corrupción de Servidores Públicos del Estado de Nuevo León.
"Resulta urgente garantizar la protección a servidores públicos o personas que de buena fe denuncien o testifiquen hechos de corrupción para evitar que sean víctimas de agresiones o despidos injustificados" señaló el diputado Arturo de la Garza. "Además con esta iniciativa, cualquier ciudadano al que un servidor público le exija una remuneración por la realización de un trámite administrativo, podrá tener como opción levantar la voz y en consecuencia recibir sin costo el trámite realizado" agregó.
Con la modificación propuesta por la bancada ciudadana Los Titulares de la Auditoría Superior y los Órganos internos de control podrán autorizar el otorgamiento de recompensas económicas cuando el denunciante proporcione información veraz, suficiente y relevante para la identificación y acreditación de la comisión de faltas administrativas y actos de corrupción por el servidor público implicado, y se identifique proporcionando sus datos personales y una vía de contacto para mantener comunicación con él. Los montos de las recompensas estarán sujetos a la disponibilidad presupuestal y a los mecanismos y lineamientos establecidos en el acuerdo que para tal efecto emita el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción.
"Este beneficio no se aplicará si en el transcurso de las investigaciones se determina que el denunciante ha tenido algún grado de participación en la falta administrativa o acto de corrupción que lo haya beneficiado directamente o si este acto no fue declarado inicialmente" aclaró Arturo B. De la Garza
Para la entrega de recompensas o incentivos, el Comité Coordinador del SEA deberá expedir lineamientos que establezcan un rango mínimo y máximo de recompensas económicas y contemplen el otorgamiento de bonos, incentivos o compensaciones laborales para aquellos servidores públicos que realicen denuncias sobre faltas administrativas o actos de corrupción.
Cuando con oportuna información se logre prevenir o sancionar a los servidores públicos por incurrir en coacto, en los términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León, derivado de un trámite administrativo para la expedición de permisos, registro, convocatoria o de cualquier otra índole, se deberá exentar al denunciante del pago por concepto de derechos por el trámite realizado o, en su defecto, se deberá de reembolsar el monto que haya derogado, con su respectiva actualización.
VF_Iniciativa_Incentivar_la_denuncia_y_proteger_a_los_denunciantes.pdf
2024© Grupo Legislativo Partido Movimiento Ciudadano, Nuevo León.
8150-9500
glpmc@hcnl.gob.mx