Autor: Grupo Legislativo PMC
PROTEGERÁ MOVIMIENTO CIUDADANO INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ CON CUSTODIA COMPARTIDA
Comprometidos con el interés superior de la niñez, el Grupo Legislativo de Movimiento Ciudadano, presentó en la Oficialía de Partes del Congreso, una iniciativa de reforma al Código Civil para el Estado de Nuevo León, en materia de custodia compartida.
El Diputado Luis Donaldo Colosio Riojas, Coordinador de la Bancada Ciudadana, explicó que se entiende por custodia compartida, aquella en la que ambos padres tienen la custodia legal y física de sus hijos.
"Esto implica que comparten los derechos y responsabilidades en la educación, formación, manutención y toda actividad relacionada con la crianza de los hijos, de tal manera que gozan, por resolución judicial, de igualdad en todas las decisiones y acciones relativas a los menores, en igualdad de condiciones", puntualizó.
Cabe señalar, que un principio rector hacia los derechos y protección del menor y que constituye el pilar sobre el que se debería fundamentar toda política del Estado es el interés superior del niño; no obstante, en algunos códigos civiles vigentes de las entidades federativas no consideran una noción plena de derechos humanos, en la que subyace la idea de que todas las personas, incluidos los niños, gozan de los derechos consagrados para los seres humanos.
En particular, el actual Código Civil para Nuevo León, refiere sólo a un concepto de custodia única; los Códigos Civiles de otras entidades como Querétaro y la Ciudad de México ya incluyen el concepto de custodia compartida, considerado como aquel que brinda la protección más amplia en todo momento para el interés superior del niño aunado a que es la mejor solución posible para que el menor conserve la figura de familia, después de un divorcio.
"La relevancia de la custodia compartida es un tema de familia que atañe a todos sus integrantes, con afectación en los derechos y responsabilidades de los padres, pero sobre todo y primordialmente en los derechos del menor, ya que la custodia compartida es trascendental en su desarrollo integral y pleno".
"La inclusión esta figura en el Código Civil para el Estado de Nuevo León permitiría, sin duda, proteger al menor en una esfera de derechos más adecuada y completa, pues armoniza los legítimos derechos del padre y de la madre, sin perjudicar el bienestar de los menores", concluyó.
La iniciativa presentada reforma los artículos 78, 259, 277, 380 y 417, a fin de incluir la figura de custodia compartida como una opción que pueden convenir los padres, y no sólo tenga que ser custodia por uno de los dos. Adicionalmente, en el artículo 380 se añade que, cuando no exista un convenio entre los progenitores sobre la custodia, el juez resolverá lo más conveniente para el interés del menor, pero ello con base en la práctica de estudios psicológicos, de entorno socioeconómico y demás estudios que considere oportuno para ello, lo que no se mencionaba anteriormente.
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