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BUSCA MC UN NUEVO LEÓN SIN PLÁSTICOS DE UN SOLO USO

20 de Noviembre 2019

Autor: Grupo Legislativo PMC

Para que se prohiba el ingreso y uso de productos desechables en lugares públicos recreativos, a fin de revertir los índices de contaminación en el estado, la Bancada del Movimiento Ciudadano presentó una iniciativa de reforma por adición de un artículo 131 BIS a la Ley Ambiental del Estado de Nuevo León.

El Coordinador de la Bancada Ciudadana, Luis Donaldo Colosio Riojas, explicó que la propuesta consiste en prohibir el ingreso de productos plásticos de un solo uso a los museos, áreas naturales, parques y plazas públicas, incluso en las presas del estado, lugares a donde los neoloneses acostumbran ir para realizar actividades de esparcimiento, pues estos productos son desechados inmediatamente, y en una gran cantidad dañando gravemente el medio ambiente.

"Con dicha prohibición a parte de evitar la contaminación ambiental, y concientizar a la ciudadanía para que utilice alternativas distintas que sean reciclables y no contaminantes, se está dando un paso importante para conseguir a mediano plazo que Nuevo León sea el primer Estado libre del consumo de plásticos de un solo uso", expresó.

Agregó, que si bien en varios países de Latinoamérica ya se discuten medidas en la materia, buscando avanzar de manera progresiva hacia la prohibición para el año 2021, en México varios Estados han emprendido acciones para contrarrestar los efectos negativos de los productos de plástico, tal es el caso de Veracruz, Baja California Sur, San Luis Potosí y Querétaro.

"En Nuevo León, hemos legislado prohibiendo el uso de bolsas plásticas en tiendas y supermercados, así como la utilización de popotes y bolsas de uso único y en la utilización de botellas plásticas en oficinas públicas. Sin embargo, el trabajo apenas inicia, debemos seguir avanzando en la implementación de políticas que por una parte aporten soluciones reales y efectivas en el combate al uso de productos plásticos que dañan el medio ambiente y su entorno", señaló.

Así mismo, puntualizó que como en la Ley Ambiental del Estado en su artículo 2 fracción VI, se establece que se considera de utilidad pública la planeación y ejecución de acciones que fomenten la educación ambiental y el fortalecimiento de una cultura ecológica, así como el desarrollo de tecnologías apegadas a criterios ambientales, la reforma que se propone es coincidente con los criterios que enmarca la ley respecto a la educación y la cultura ecológica.

Detalló que será obligación del Estado y de los Municipios vigilar el cumplimiento de esta medida. La reforma señala, que se entenderá como productos plásticos de un solo uso aquellos que se fabrican total o parcialmente a partir de una amplia gama de polímeros orgánicos, fósiles y no fósiles, tales como el tereftalato de polietileno (PET), el polipropileno (PP), el polietileno de baja densidad (PEBD), el polietileno de alta densidad (PEAD), el poliestireno (PS), poliestireno expandido (PSE), el policloruro de vinilo (PVC) y policarbonato.

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