Autor: Grupo Legislativo PAN
DIP. LORENA DE LA GARZA VENECIA PRESIDENTA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN P R E S E N T E. - El suscrito Dip. Miguel Ángel García Lechuga e integrantes del Grupo Legislativo Partido Acción Nacional de la LXXVII Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León,, de conformidad con los artículos 86, 87 y 88 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León y con fundamento en los artículos 102, 103 y 104 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León, acudo ante esta Soberanía a presentar iniciativa para adicionar el artículo 64 Bis, a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León, en materia de ejercicios ilícitos del servicio público, al tenor de la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La planeación del desarrollo de un estado es fundamental para garantizar el crecimiento ordenado y sustentable de sus municipios. Es un proceso dinámico y adaptable que se nutre de la información obtenida a través del seguimiento y evaluación de los procesos internos de las dependencias y entidades, así como de la participación ciudadana mediante consultas. Este enfoque permite fortalecer y optimizar la gestión gubernamental de manera continua. Por ello, el Plan Estatal de Desarrollo es fundamental para establecer las acciones que, día a día, deben de contribuir a la construcción del Nuevo León que todas y todos merecemos. En Nuevo León se promulgó la Ley Estatal de Planeación el 28 de julio de 2004, la cual dispuso la creación del Plan Estatal de Desarrollo. No obstante, el 17 de enero de 2014, esta ley fue derogada y sustituida por la Ley de Planeación Estratégica del Estado de Nuevo León (LPEENL), cuyo propósito es definir principios, normativas, autoridades competentes e instrumentos para la planeación estratégica. En su artículo 5°, se designa al Titular del Poder Ejecutivo y al Consejo Nuevo León para la Planeación Estratégica como las instancias responsables en esta materia. Asimismo, el artículo 14 establece como instrumentos principales de planeación estratégica el Plan Estratégico y el Plan Estatal. De acuerdo con el artículo 16 de la LPEENL, el Plan Estatal de Desarrollo es un documento fundamental dentro de las atribuciones del Ejecutivo Estatal, en el cual se establecen las prioridades de desarrollo a mediano plazo. En él se definen los objetivos, estrategias y líneas de acción necesarias para su cumplimiento. La responsabilidad de su formulación recae en el Titular del Ejecutivo Estatal, quien debe presentarlo y publicarlo en el Periódico Oficial del Estado (POE) dentro de los primeros seis meses de su administración. Un caso reciente de incumplimiento del PED, es la decisión del gobierno de Nuevo León de descartar la construcción de la Línea 4 del Metro hasta el municipio de Santa Catarina, a pesar de que ya estaba contemplada en dicho plan, que a la letra dice: "Para ampliar la oferta de transporte y mejorar el esquema de movilidad urbana, se construirán y pondrán en operación tres líneas de metro adicionales, las cuales implican la construcción de un trazo de 41 km de longitud, para conectar el centro de Monterrey con Santa Catarina y Mederos. Participan: Secretaría de Movilidad y Planeación Urbana, Metrorrey". p. 70. Esta decisión ha generado descontento entre la población y ha acentuado los problemas de movilidad en la región, afectando a miles de ciudadanos que dependen del transporte público. Uno de los principales problemas del incumplimiento del PED es la falta de transparencia en la toma de decisiones gubernamentales. Los ciudadanos tienen derecho a conocer las razones detrás de la cancelación o modificación de proyectos clave. La ausencia de explicaciones claras y justificadas genera un clima de desconfianza y descontento social. El incumplimiento del Plan Estatal de Desarrollo por parte de los gobernadores tiene graves repercusiones en la economía, la infraestructura y la confianza de la ciudadanía en sus instituciones. Para evitar estos problemas, es fundamental que los gobiernos actúen con responsabilidad, transparencia y compromiso con los planes establecidos. La rendición de cuentas y la participación ciudadana son herramientas clave para asegurar que los proyectos contemplados en el PED se lleven a cabo en beneficio de toda la sociedad. Otra situación lamentable, es que uno de los principios básicos de la gestión pública es la honestidad en la rendición de cuentas. Sin embargo, cuando un gobierno presenta proyectos inconclusos o inexistentes como logros alcanzados, se incurre en una grave falta de ética administrativa. Esta práctica no solo engaña a la ciudadanía, sino que también obstaculiza la evaluación real del desempeño gubernamental y dificulta la toma de decisiones informadas por parte de la población. En muchas ocasiones, estos informes presentan como logros alcanzados obras que ni siquiera han comenzado a construirse, lo que representa una mala práctica que socava la confianza pública y distorsiona la percepción del desempeño gubernamental. Tal es el caso como en los informes del Gobierno de Nuevo León, en los que podemos encontrar textos sobre obras imaginarias que se presentan como logros, para el informe del segundo año podemos encontrar lo siguiente: "Con el fin de consolidar una conectividad eficiente y segura de las áreas urbanas localizadas en los municipios de Apodaca, Monterrey y Santa Catarina hacia los atractores de movilidad del AMM, se realizará la ampliación de las Líneas 4 y 6 del Metro desde Santa Catarina hasta el Aeropuerto Internacional de Monterrey, con una inversión de 11,485 millones de pesos, entre aportación federal ( 26%), estatal ( 35%) y privada ( 39%). El proyecto consiste en la construcción de la infraestructura de un monorriel elevado de 13.43 km que contará con siete estaciones, tres vagones articulados y rutas alimentadoras Transmetro. Se estima que movilizará a 885,000 pasajeros". p. 34 Para el siguiente informe de gobierno, se volvió a tratar de obras imaginarias, porque es presentado como una visión a futuro y no como lo establece el artículo 196 de la Constitución Local, en el que se tienen que incluir los logros alcanzados anualmente, se menciona lo siguiente: "Con un presupuesto total de 11,485 mdp, durante el tercer año de gobierno iniciaron las acciones para la ampliación total del Metro en 15.80 km. Esta ampliación contempla la prolongación de la Línea 4 en 7.8 km, que correrá desde el municipio de Santa Catarina hasta el centro de Monterrey; así como de la Línea 6 que se ampliará 8 km para llegar del centro de Monterrey hasta el Aeropuerto Internacional de Monterrey. A septiembre de 2024 cuenta con avances en los trabajos de sondeos, perforación, armado y colado de pilas". Por ello, la presentación de obras no iniciadas como logros alcanzados en los informes de gobierno es una práctica deshonesta que mina la confianza de la ciudadanía y afecta el desarrollo del Estado de Nuevo León. Para fortalecer la democracia y mejorar la gestión pública, es esencial que los gobiernos prioricen la transparencia, la veracidad y la rendición de cuentas en su comunicación con la sociedad. Así como tambien, se impogan sanciones a quienes utilicen la publicidad gubernamental para difundir promesas que después se conviertan en logros no alcanzados, solo así se podrá garantizar que los informes de gobierno reflejen de manera fiel el estado real de la administración y contribuyan al desarrollo genuino de las comunidades. Es por lo antes expuesto, que me dirijo a esta Soberanía a proponer el siguiente: DECRETO ÚNICO. - Se ADICIONA el artículo 64 Bis a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León, para quedar como sigue: Artículo 64 Bis.-. Incurre en ejercicio ilícito de servicio público quien, derivado de sus funciones difunda a través de anuncios, eventos, actos o informes de gestión gubernamental, los proyectos estratégicos en materia de obra pública que se encuentren establecidos en el Plan Estatal de Desarrollo o bien, en el Plan Municipal de Desarrollo, sin que las obras sean terminadas dentro del periodo de gobierno. TRANSITORIO ÚNICO. - El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación. A T E N T A M E N T E DIPUTADO MIGUEL LECHUGA GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL2024© Grupo Legislativo Partido Acción Nacional, Nuevo León.
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