Autor: Grupo Legislativo PAN
Diputado Mauro Guerra Villarreal
Presidente de la Mesa Directiva del
H. Congreso del Estado de Nuevo León. -
P r e s e n t e.-
Honorable Asamblea:
El suscrito, Diputado Carlos de la Fuente Flores, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Septuagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado de Nuevo León, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 60, fracción I inciso c) de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Nuevo León; así como de los artículos 1, 122 Bis y 141 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León, me permito solicitar un PUNTO DE ACUERDO al tenor de las siguientes:
CONSIDERACIONES
La Constitución local es el texto donde se establecen las bases de organización de nuestro Estado democrático. Con la finalidad de promover la división de poderes, dicho texto constitucional establece diversos mecanismos de pesos y contrapesos.
Uno de estos mecanismos lo encontramos en el proceso presupuestario, donde, de acuerdo al artículo 125, fracción XIX corresponde al Ejecutivo presentar a este Congreso el presupuesto de egresos del Estado señalando como plazo constitucional para esto a más tardar el día veinte de noviembre de cada año.
Sin embargo, el Ejecutivo no cumplió con este plazo constitucional, omitiendo la presentación de este proyecto de presupuesto, señalando que no se encuentra en posibilidades de presentar el proyecto de presupuesto hasta que se vote la Ley de Ingresos, argumento que no encuentra justificación jurídica. No obstante, ya hemos aprobado la ley de ingresos 2023 sin que el Ejecutivo haya presentado el proyecto de egresos 2023 como había acordado.
Más recientemente ha manifestado que utilizará el presupuesto de este año 2022, situación a todas luces inconstitucional ya que la Constitución únicamente permite esto en caso de que no se publique el del próximo año, y no en caso de que no se presente dolosamente por parte del Ejecutivo el del próximo año.
Esto constituye un hecho inédito en el proceso presupuestario del Estado, así como una violación clara y evidente a nuestra Constitución.
La omisión de presentar el proyecto de presupuesto y pretender emplear el del año actual dolosamente y sin sustento legal no solo quebranta el orden constitucional, sino que tiene efectos negativos profundos sobre la vida de los neoleoneses, dejando en el limbo jurídico y en una absoluta falta de certeza jurídica el gasto del siguiente año; ya que al existir un impedimiento para discutir el proyecto de gasto público para el 2023, se le priva a la población de destinársele recursos que cubran sus necesidades en materia de servicios públicos municipales como alumbrado y pavimentación, salud, educación, movilidad y seguridad, entre otras.
Como representantes populares, debemos respetar y hacer respetar nuestra Constitución, por lo que ante este escenario, es necesario acudir a Tribunales, a fin de resolver esta problemática a través de los medios de control constitucional. De esta manera, reafirmamos nuestro compromiso con la población neoleonesa de promover en todo momento la certeza y seguridad jurídica de los gobernados.
Por lo anterior, al existir un acto de autoridad del poder Ejecutivo que viola normas constitucionales, es procedente promover el mecanismo de control constitucional denominado Controversia Constitucional o de Inconstitucionalidad, dependiendo sea el caso, de conformidad con lo dispuesto por la fracción I del artículo 135 y II del artículo 139 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como 105 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Asimismo, se señala que conforme al artículo 60, fracción I inciso c) de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Nuevo León, la presidencia de la Mesa Directiva es quien tiene la representación de este Poder Legislativo en los asuntos de carácter legal, pudiendo delegar dicha representación.
Con base en lo hasta ahora expuesto, siendo competente esta Soberanía para emitir este instrumento, quien suscribe en mi carácter de representante popular, solicito se vote en estos momentos el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO.- La LXXVI Legislatura del Congreso del Estado de Nuevo León, con fundamento en la fracción IV del artículo 96, la fracción I del artículo 135 y II del artículo 139 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como la fracción I del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 60, fracción I inciso c) de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Nuevo León y 1 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León, aprueba analizar por medio de la Dirección Jurídica de este Poder Legislativo y en su caso presentar, la Controversia Constitucional o de Inconstitucionalidad ya sea en el ámbito local o federal según se determine, en contra de los actos y/u omisiones por la omisión de presentar el proyecto de presupuesto de egresos para el 2023, como la probable reconducción ilegal del presupuesto 2022, por parte del Poder Ejecutivo de su titular, así como de la Secretaría de Finanzas y Tesorero General del Estado de Nuevo León, de su titular y de toda autoridad que sea responsable, en los términos de la fracción XIX del artículo 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como contra cualquier acto u omisión de cualquier autoridad por la cual puedan ser procedentes dichos mecanismos de control constitucional.
Lo anterior de conformidad con las razones expuestas en el apartado de Consideraciones del presente escrito.
SEGUNDO. - De conformidad con el resolutivo anterior, se autoriza a la Dirección Jurídica de este Poder Legislativo para que presente el análisis y en su caso elabore el proyecto o los proyectos de demanda de Controversia Constitucional o de Inconstitucionalidad ya sea en el ámbito local o federal según se determine, así como a la Presidencia de la Mesa Directiva, para que en representación legal de esta Soberanía, intervenga en la presentación y tramitación de la o las mismas, hasta su resolución.
Monterrey, Nuevo León; a diciembre de 2022
Diputado Carlos de la Fuente Flores
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