Autor: Grupo Legislativo PAN
C. DIP. MAURO GUERRA VILLARREAL
PRESIDENTE DEL H. CONGRESO
DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN
PRESENTE.-
El suscrito, Diputado Fernando Adame Doria y los Diputados Integrantes del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 y 87 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León 102 y 103 de Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León, nos permitimos proponer el siguiente punto de acuerdo, al tenor de lo siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ante la falta de ambulancias en los hospitales rurales, las familias se ven en la necesidad de contratar servicios privados lo cual significan una erogación gravosa para su economía.
En la actualidad, corresponde a los servicios de salud atender las situaciones de emergencia. Por ello, en la medida que lo permitan los recursos y la realidad local, es conveniente la implementación de un adecuado sistema de transporte asistido del paciente en ambulancias, con los elementos y recursos humanos exigidos por las respectivas leyes, para brindar atención al paciente en el sitio de origen de la emergencia, la aplicación de medidas iníciales de estabilización, de acuerdo con los protocolos establecidos, y el traslado a un centro asistencial para que le realicen los procedimientos médicos, quirúrgicos o de laboratorio necesarios. Un esquema de atención organizado ofrece al paciente un mayor número de posibilidades de sobrevivencia y recuperación.
Según la severidad de la emergencia, el lugar y las condiciones físicas y del terreno, se utiliza un tipo de ambulancia para atender el llamado. En muchas ocasiones es necesaria la complementación de dos o más medios para acceder a un lugar, como una manera de optimizar los recursos disponibles y la pronta y eficiente respuesta a la demanda. Ya sea por vía aérea, terrestre o acuática, cada ambulancia debe cumplir con características, equipamiento y protocolos de atención definidos.
Es importante resaltar que la mayor parte de los centros de salud también presentan escasez de personal y de equipo de atencón primaria en salud, por ello pueden verse obligados a rechazar pacientes. Incluso algunos puestos de salud están en muy mal estado y todas estas particularidades complican más aun el poder brindar atención en cuestión de salud a las personas más vulnerables de la región.
El Estado de Nuevo León, cuenta con 4,733 localidades rurales según estadísticas del INEGI. Estas mismas localidades lamentablemente en muchas de ellas no cuentan con suficientes recursos y suelen ser zonas de pobreza. Por tal motivo, es necesario que la secretaria de salud debe proporcionar ambulancias con el debido equipo para que puedan trasladar a cualquier persona enferma o de gravedad a la ciudad, con el propósito de poder salvar vidas y disminuir las diferentes problemáticas que tiene el sector más vulnerable.
ACUERDO
ÚNICO. - LA SEPTUAGÉSIMA SEXTA LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LÉON DE CONFORMIDAD EN LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 86 Y 87 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN ACUERDA ENVIAR UN RESPETUOSO EXHORTO A LA SECRETARÍA DE SALUD PARA DOTAR A LOS HOSPITALES RURALES DE LAS AMBULANCIAS REQUERIDAS PARA EL TRANSPORTE DE ENFERMOS QUE SE CANALIZAN HACIA LA CIUDAD DE MONTERREY.
MONTERREY NUEVO LEÓN A NOVIEMBRE DEL 2022
ATENTAMENTE
DIP. CARLOS ALBERTO DE LA FUENTE FLORES
DIP. MAURO GUERRA VILLARREAL
DIP. ITZEL SOLEDAD CASTILLO ALMANZA
DIP. ADRIANA PAOLA CORONADO RAMÍREZ
DIP. FERNANDO ADAME DORIA
DIP. GILBERTO DE JESÚS GÓMEZ REYES
DIP. AMPARO LILIA OLIVARES CASTAÑEDA
DIP. LUIS ALBERTO SUSARREY FLORES
DIP. CARLOS ALBERTO DE LA FUENTE FLORES
DIP. MAURO GUERRA VILLARREAL
DIP. ITZEL SOLEDAD CASTILLO ALMANZA
DIP. ADRIANA PAOLA CORONADO RAMÍREZ
DIP. FERNANDO ADAME DORIA
DIP. GILBERTO DE JESÚS GÓMEZ REYES
DIP. AMPARO LILIA OLIVARES CASTAÑEDA
DIP. LUIS ALBERTO SUSARREY FLORES
DIP. ANTONIO ELOSÚA GONZÁLEZ
DIP. MYRNA ISELA GRIMALDO IRACHETA
DIP. DANIEL OMAR GONZÁLEZ GARZA
DIP NANCY ARACELY OLGUÍN DÍAZ
DIP. EDUARDO LEAL BUENFIL
DIP ROBERTO CARLOS FARÍAS GARCÍA
DIP. FELIX ROCHA ESQUIVEL
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