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MES DE LA SALUD MASCULINA

7 de Noviembre 2022

NANCY-ARACELY-OLGUIN-DIAZ-LXXVI

Autor: Grupo Legislativo PAN

C. DIP. MAURO GUERRA VILLARREAL.
PRESIDENTE DEL H. CONGRESO
DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN.
PRESENTE. -

La suscrita Dip. Nancy Aracely Olguin Diaz e integrantes del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Septuagésima Sexta Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 94 de la Constitución Politica del Estado Libre y Soberano de Nuevo León y 122 Bis, 122 Bis 1 y 123 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León, nos permitimos proponer un punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El cáncer de próstata es la causa más frecuente de mortalidad por tumores malignos, ocupa el cuarto lugar de todas las enfermedades cancerígenas y es el segundo más común entre hombres.
Aproximadamente 1 de cada 7 hombres será diagnosticado con cáncer de próstata en el transcurso de su vida, estos son datos crudos proporcionados por el instituto mexicano del seguro social.
Padecimientos cardiacos y la diabetes también son una de las causas más frecuentes de muerte en los hombres, muchas veces este grupo de población no cuenta con la información adecuada para prevenir estas enfermedades, para ello, son necesarias acciones preventivas.
La asociación A. C, MEMOVEMBER, ha trazado la brecha llevando a cabo campañas importantes tendientes a la atención de la salud masculina en varios puntos de la República, trayendo buena aceptación dentro de este segmento de la población.
¿Que debo hacer?, ¿a donde debo acudir?, ¿donde puedo realizar mi revisión?, ¿que programas de salud existen que permitan mi diagnostico? Son cuestionamientos que nos hacemos y nos provocan incertidumbre y angustia a la vez, si esto lo traducimos a una atención permanente, pero que se puede intensificar en un mes del año, esto seria de mucha ayuda para este grupo de población.

Es muy importante que se tome conciencia de esta situación tan alarmante, que puede evitar un desenlace fatal si se diagnostica a tiempo cualquiera de las enfermedades que son muy comunes y letales entre los varones, para ello, es indispensable que se lleven campañas, programas, acciones de revisión continua.

Los gobiernos deben llevar a cabo políticas públicas en materia de salud masculina, es necesario destinar esfuerzos hacia donde más se requiere, facilitar los instrumentos y orientaciones para una vigilancia meticulosa y eficaz de enfermedades letales y comunes en este segmento de población, lograr un control adecuado y oportuno que evite decesos , priorizar la prevención.

Es indispensable promover y difundir todos los programas y líneas de control en materia de salud masculina y establecer en nuestro estado un mes en el año para fortalecer y garantizar todos estos beneficios que se puedan llevar a cabo mediante la promoción, difusión, e incremento de actividades y atenciones durante esos días, y que en este caso se propone sea el mes de noviembre como "el mes de la salud masculina".

Consideramos este mes, ya que, en 1999, por iniciativa del Comité Internacional del Hombre, en Trinidad y Tobago se proclamó el Día Internacional del Hombre, el 19 de noviembre de cada año, Dentro de los objetivos de este día internacional están la salud de los hombres y del niño, la mejora de las relaciones de género, la promoción de una mayor igualdad de género, y la puesta en relieve de modelos masculinos positivos.
El Comité Directivo del Día Internacional del Hombre de 2008 - 2009, debatió y ratificó seis objetivos del Día Internacional del Hombre para proteger sus valores centrales y ofrecer un punto de referencia:
Promover modelos masculinos positivos;
Celebrar las contribuciones positivas de los hombres a la sociedad;
Centrarse en la salud y el bienestar de los varones;
Poner de relieve la no discriminación contra los hombres;
Mejorar las relaciones de género y promover la equidad de género;
Crear un mundo más seguro para todos.

Bajo ese contexto, y en el marco de esa celebración mundial, este mes tendría un propósito más intenso de exponer los principales temas y servicios, que, en el campo de la salud masculina, pudieran tener acceso los varones a través de una revisión, detección y en su caso un tratamiento adecuado de las enfermedades mas comunes y peligrosas que pone en riesgo la vida de ellos.

La Ley Estatal de Salud establece en su artículo 4 lo siguiente:
"ARTICULO 4o.- EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY GENERAL DE SALUD Y DE LA PRESENTE LEY, CORRESPONDE AL ESTADO:
A.- EN MATERIA DE SALUBRIDAD GENERAL.
I.- LA ATENCIÓN MÉDICA, PREFERENTEMENTE EN BENEFICIO DE LOS GRUPOS SOCIAL Y ECONÓMICAMENTE VULNERABLES;
III.- LA PLANIFICACIÓN FAMILIAR;
IV.- LA SALUD MENTAL;
IX.- LA EDUCACIÓN PARA LA SALUD;
X.- LA ORIENTACIÓN Y VIGILANCIA EN MATERIA DE NUTRICIÓN;
XIV.- LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DE LAS ENFERMEDADES TRANSMISIBLES;
XV.- LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DE LAS ENFERMEDADES NO TRANSMISIBLES Y ACCIDENTES;"

A su vez, el artículo 8 establece el objeto de la Ley Estatal de Salud del estado la cual menciona lo siguiente:

"ARTICULO 8o.- EL SISTEMA ESTATAL DE SALUD TIENE LOS SIGUIENTES OBJETIVOS:
PROPORCIONAR SERVICIOS DE SALUD A TODA LA POBLACIÓN DEL ESTADO, ADOPTANDO TODAS LAS MEDIDAS NECESARIAS, HASTA EL MÁXIMO DE SUS RECURSOS DE QUE DISPONGA PARA LOGRAR PROGRESIVAMENTE SU PLENA EFECTIVIDAD Y MEJORAR LA CALIDAD DE LOS MISMOS, ATENDIENDO A LOS PROBLEMAS SANITARIOS PRIORITARIOS Y A LOS FACTORES QUE CONDICIONEN Y CAUSEN DAÑOS A LA SALUD, CON ESPECIAL INTERÉS EN LAS ACCIONES PREVENTIVAS, ACORDES CON LA EDAD, SEXO Y FACTORES DE RIESGO DE LAS PERSONAS;"

En esa tesitura, la Secretaria de Salud juega un papel protagónico en estas tareas, pues la ley en comento establece claramente en su artículo 9, sus atribuciones, en las que se encuentran la siguiente:

"I.- FORMULAR Y CONDUCIR A NOMBRE DEL GOBERNADOR DEL ESTADO LA POLÍTICA ESTATAL EN MATERIA DE SALUD, EN LOS TÉRMINOS DE ESTA LEY Y DEMÁS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES, ATENDIENDO LAS POLÍTICAS DE LOS SISTEMAS NACIONAL Y ESTATAL DE SALUD Y CON LO DISPUESTO POR EL EJECUTIVO FEDERAL.
VIII.- PROMOVER, COORDINAR Y REALIZAR LA EVALUACIÓN DE LOS PROGRAMAS Y SERVICIOS DE SALUD QUE SE REALICEN EN EL ESTADO;
XVIII.- PROMOVER E IMPULSAR LA PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EN EL CUIDADO DE SU SALUD;"
Por último y no menos importante es mencionar el artículo 17 del mismo ordenamiento legal, el cual establece la atribución del gobernador del estado a través de la secretaria de salud, para efecto de llevar a cabo ciertas tareas específicas:

"ARTICULO 17.- CORRESPONDE AL EJECUTIVO DEL ESTADO, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA ESTATAL DE SALUD EN COORDINACIÓN CON EL EJECUTIVO FEDERAL, ORGANIZAR, ADMINISTRAR, OPERAR Y EVALUAR LOS SERVICIOS DE SALUD A QUE SE REFIERE EL APARTADO "A" DEL ARTICULO 4o. DE ESTA LEY."

Bajo ese contexto legal, se recomiendan las siguientes acciones que van encaminadas a intensificarse dentro del mes de noviembre y cubriría de manera justa y concreta la propuesta de este punto de acuerdo.

ACCIONES TENDIENTES A REALIZAR DURANTE EL "MES DE LA SALUD MASCULINA" POR PARTE DEL GOBIERNO DEL ESTADO A TRAVES SE LA SECRETARIA DE SALUD.


OBJETIVO DEL MES DE LA SALUD MASCULINA:
Fortalecer y difundir durante el mes de noviembre de cada año, las acciones de promoción, prevención, detección oportuna, control de enfermedades y autocuidado de la salud en la población masculina.

B) CAMPO DE ACCION: Se proponen los siguientes campos de acción y actividades, en donde se puede incidir en materia de salud masculina:
1) Salud Sexual y Reproductiva:

Capacitación en:

- La toma de decisiones para corresponsabilizarse en el logro de las expectativas reproductivas de la pareja.

- El número de hijos e hijas que deciden tener.

- Regulación de la fertilidad.
- Vasectomía: Orientar a los hombres de 19 a 59 años qué es, efectividad, mecanismos de acción, indicaciones, precauciones, contraindicaciones, técnicas quirúrgicas, complicaciones, recomendaciones postoperatorias específicas y seguimiento.

2) Prevención de Violencia:

Consulta psicológica y atención para:
- El combate de la baja autoestima, falta de confianza, baja tolerancia a la frustración y tensión.

- Historia familiar de abuso de sustancias y violencia.

- Identificación y expresión de dolor, frustración y tristeza con enojo. - Tensión (en el trabajo, en el hogar).

- Problemas económicos.

- Historia de relaciones abusivas o ser víctima de violencia familiar en el pasado.

- Aislamiento.

- Posibles problemas mentales o físicos en la familia.

3) Enfermedades de Transmisión Sexual:

Actividades para la prevención y control de:

VIH/SIDA, Gonorrea, Trichomoniasis, Candidiasis, Sífilis y Herpes Genital, mediante:
- Capacitación en el uso adecuado y oportuno del preservativo (condón). - Pruebas de tamizaje (detección) disponibles.

- Orientación y consejería profesional.

4) Enfermedad Prostática:

Actividades para la prevención de la Hipertrofia prostática y el Cáncer de próstata, mediante las acciones de:

- Exploración física de la próstata

- Medición en sangre de Antígeno Prostático y Fosfatasa Alcalina.

5) Enfermedades Crónico-Degenerativas:

- Diabetes Mellitus: Realizar la medición de glucosa en sangre por lo menos una vez cada tres años.

- Hipertensión Arterial: Realizar la medición de presión arterial por lo menos una vez al año.

- Sobrepeso y Obesidad: Realizar la medición de peso e IMC (Indice de Masa Corporal) por lo menos una vez al año.

- Dislipidemias: Realizar la medición de triglicéridos y colesterol en sangre por lo menos una vez cada tres años.

6) Cultura para la Donación de Órganos: Fomentar en la población masculina esta actividad, como una acción voluntaria, que coadyuva a salvar la vida de otros, y que siempre es en coordinación con el Consejo Nacional de Trasplantes.

7) Evaluación y Vigilancia del Estado de Nutrición:

Con el objetivo de disminuir los factores de riesgo asociados al desarrollo de enfermedades crónico degenerativas a través de prevenir, identificar oportunamente y controlar la desnutrición, el sobrepeso y la obesidad por medio de la alimentación correcta y la práctica del ejercicio diario. Las actividades específicas serian:

- Medición de la circunferencia de la cintura 4 - Cálculo del IMC - Capacitación para una adecuada alimentación.

- Definición de una rutina diaria de ejercicio de acuerdo al diagnóstico inicial.

8) Vacunación: De acuerdo a esquema y para la salud masculina: - Doble Viral (SR): entre los 13 y 19 años.

- Toxoide tetánico

- Diftérico (Td): Primera dosis a partir de los 20 años sin antecedente vacunal.

Segunda Dosis: De 4 a 8 semanas después de la primera.

- Anti-Influenza: Una dosis cada año previo al inicio de la temporada invernal, y preferentemente a hombres entre los 50 y 59 años.

- Anti-Neumocóccica: Una dosis cada 5 años entre los 50 a 59 años de edad.

9) Detección Oportuna de Tuberculosis Pulmonar:

Muestra de esputo (expectoración) y baciloscopía en caso de ser tosedor crónico, presentar sudoraciones nocturnas y/o pérdida de peso súbita en los últimos 3 meses.

10) Salud Bucal Preventiva: Con el objetivo de prevenir oportunamente la caries dental, mediante las siguientes actividades:

- Detección de placa dentobacteriana
- Capacitación en la adecuada técnica del cepillado dental

- Uso del hilo dental en hombres de 20 a 59 años de edad

- Revisión de tejidos bucales e higiene de prótesis.


Esta propuesta tiene como finalidad que en un mes se consoliden todas las acciones generadas durante el año y a su vez se intensifiquen las campañas de información y orientación encaminadas a prevenir y tratar de manera adecuada las enfermedades más comunes y peligrosas que son causas de muerte en los hombres, en ese contexto proponemos el mes de noviembre como "el mes de la salud masculina" en el estado.

Es por lo anterior que acudimos a presentar el siguiente proyecto de:

ACUERDO

ARTICULO PRIMERO.- La LXXVI Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96, fracción IV, XII, XXXIII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, de los artículos 9 y 17 y demás relativos de la Ley Estatal de Salud y del artículo 123 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León acuerda enviar el presente documento al Gobernador del Estado de Nuevo León, afín de organizar, administrar, operar y evaluar todas aquellas acciones tendientes a brindar orientación y atención a la salud masculina, en base a su competencia y atribuciones.

ARTICULO SEGUNDO.- La LXXVI Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96, fracción IV, XII, XXXIII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, de los artículos 9 y 17 y demás relativos de la Ley Estatal de Salud y del artículo 123 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León acuerda enviar el presente documento al Secretario de Salud del Estado de Nuevo León, afín de llevar a cabo los planes, programas, acciones, estrategias y campañas, tendientes a brindar orientación y atención a la salud masculina, en base a su competencia y atribuciones.

TRANSITORIO


ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado


Monterrey, Nuevo León a octubre de 2022


GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

DIP. CARLOS ALBERTO DE LA FUENTE FLORES


DIP. MAURO GUERRA VILLARREAL


DIP. ITZEL SOLEDAD CASTILLO ALMANZA


DIP. ADRIANA PAOLA CORONADO RAMÍREZ

DIP. FERNANDO ADAME DORIA


DIP. GILBERTO DE JESÚS GÓMEZ REYES

DIP. AMPARO LILIA OLIVARES CASTAÑEDA

DIP. LUIS ALBERTO SUSARREY FLORES


DIP. MAURO ALBERTO MOLANO NORIEGA


DIP. MYRNA ISELA GRIMALDO IRACHETA

DIP. CARLOS ALBERTO DE LA FUENTE FLORES


DIP. MAURO GUERRA VILLARREAL


DIP. ITZEL SOLEDAD CASTILLO ALMANZA


DIP. ADRIANA PAOLA CORONADO RAMÍREZ

DIP. FERNANDO ADAME DORIA


DIP. GILBERTO DE JESÚS GÓMEZ REYES

DIP. AMPARO LILIA OLIVARES CASTAÑEDA

DIP. LUIS ALBERTO SUSARREY FLORES


DIP. MAURO ALBERTO MOLANO NORIEGA


DIP. MYRNA ISELA GRIMALDO IRACHETA

DIP. DANIEL OMAR GONZÁLEZ GARZA


DIP NANCY ARACELY OLGUÍN DÍAZ


DIP. EDUARDO LEAL BUENFIL

DIP. FELIX ROCHA ESQUIVEL


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