Autor: Grupo Legislativo PAN
C. DIP. IVONNE LILIANA ÁLVAREZ GARCÍA
PRESIDENTE DEL H. CONGRESO
DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN
PRESENTE.-
La suscrita, Diputada Itzel Soledad Castillo Almanza, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de esta LXXVI Legislatura al H. Congreso del Estado de Nuevo León, con fundamento en las fracciones IV y XII del artículo 63 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como con fundamento en los artículos 122 Bis y 122 Bis 1, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León, me permito presentar la siguiente propuesta de PUNTO DE ACUERDO, al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La violencia familiar es considerada como el abuso de poder físico, psicológico, sexual, social, económico, patrimonial, moral, hacia cualquier integrante de la familia, ya sea por lazos consanguíneos, civiles, afectivos, políticos y de confianza, con el propósito de someter, dominar, controlar o agredir por acción, amenaza u omisión, ya sea dentro o fuera del domicilio familiar. La relación de abuso es una forma de interacción enmarcada en un desequilibrio de poder, que atenta contra la integridad de la persona que la vive. Las consecuencias son muy amplias y ocasionan algún tipo de daño, lesión, incapacidad e incluso la muerte.
La Violencia Familiar es un fenómeno social que impacta en gran cantidad de los hogares en nuestro país atentando contra la salud y vida de los integrantes de la familia ya que en ocasiones puede causar la muerte de alguno de ellos. En la mayoría de los casos ocasiona daños físicos y emocionales que a su vez son acompañados de una serie de conductas por el agresor que ocasiona este abuso. En la mayoría de los casos quienes son más vulnerables a sufrir éste tipo de violencia son los niños, niñas, adolescentes y mujeres quienes se vuelven presa fácil para la mayoría de los agresores.
De acuerdo a datos de la Fiscalía General de Justicia del Estado, el delito de violencia familiar ha ido a la alza durante este año, en el mes de enero se contaban con aproximadamente un poco más de mil casos aumentando a casi dos mil casos durante el mes de abril, y si nos ponemos a hacer un estudio más detallado comparando lo sucedido en los mismos meses durante el año 2019 nos percatamos que se van casi al doble de casos. Es preocupante la situación que no enfrentamos y se requiere de un trabajo multidisciplinario y urgente para poner prevenir éste tipo de delito. Se requieren de políticas públicas pero antes de ello de una evaluación de la situación actual, los diferentes actores que intervienen y sobre todo hacer estudios para saber las causas que incitan la violencia, para que a partir de ellas se puedan crear políticas públicas eficientes en el combate a la violencia.
La violencia familiar es un problema de salud pública, educación, seguridad, político, cultural, social, de derechos humanos y económico que por sus características requiere ser abordado en forma inter e intradisciplinaria, institucional y sectorial, es por ello la importancia del Consejo Estatal para la Prevención y Atención Integral de la Violencia Familiar en el Estado de Nuevo León.
De acuerdo a la Ley de Prevención y Atención Integral de la Violencia Familiar en el Estado de Nuevo León en su artículo 4 establece:
"Artículo 4º-El Consejo Estatal para la Prevención y Atención Integral de la Violencia Familiar en el Estado de Nuevo León, es un órgano que tendrá por objeto coordinar las acciones derivadas de los programas a cargo de las dependencias y entidades de la administración pública estatal, tendientes prevenir y atender la violencia familiar, en colaboración con los otros Poderes del Estado, las instituciones y organismos de los sectores público privado y social.
El Poder Ejecutivo Estatal, tendrá la obligación de informar al Poder Legislativo del Estado, respecto de la instalación y entrega de informes cuatrimestrales sobre las acciones que realiza a fin de disminuir la violencia familiar. Estará presidido en forma honoraria por el Titular del Ejecutivo del Estado e integrado por los titulares de las siguientes dependencias y entidades.
Artículo 12.- Previa convocatoria, el Consejo sesionará de manera ordinaria por lo menos cada tres meses. Las convocatorias deberán contener el orden del día. Podrán celebrarse sesiones extraordinarias cuando se considere conveniente y siempre que medie convocatoria expedida con veinticuatro horas de anticipación por el Presidente Ejecutivo o por el Secretario Técnico del Consejo".
Hoy en día son tiempos en donde se debe actuar para prevenir y combatir la violencia familiar en el Estado, tan solo 93.9% de los casos de violencia familiar han quedado impunes ya que estos casos no son denunciados mediante alguna autoridad debido a la ignorancia que hay en los hogares.
Se pretende disminuir los índices de esta problemática social que genera un incremento acelerado de casos es por ello que el Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional preocupados por la problemática y la falta de interés por parte del Ejecutivo del Estado es que sometemos a esta Soberanía el que se vote en este momento, el siguiente proyecto de:
ACUERDO
PRIMERO.- LA DIPUTACIÓN PERMANENTE DE LA SEPTUAGÉSIMA SEXTA LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, ACUERDA ENVIAR UN RESPETUOSO EXHORTO AL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE NUEVO LEON DR. SAMUEL ALEJANDRO GARCÍA SEPÚLVEDA CON FUNDAMENTO EN EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 4 DE LA LEY PREVENCIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL DE LA VIOLENCIA FAMILIAR EN EL ESTADO DE NUEVO LEÓN ENTREGUE EL INFORME SOBRE LAS ACCIONES QUE REALIZA A FIN DE DISMINUIR LA VIOLENCIA FAMILIAR.
SEGUNDO.- LA DIPUTACIÓN PERMANENTE DE LA SEPTUAGÉSIMA SEXTA LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, ACUERDA ENVIAR UN RESPETUOSO EXHORTO AL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE NUEVO LEON DR. SAMUEL ALEJANDRO GARCÍA SEPÚLVEDA CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 12 DE LA LEY PREVENCIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL DE LA VIOLENCIA FAMILIAR, CONVOQUE DE MANERA URGENTE A LA SESIÓN DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL DE LA VIOLENCIA FAMILIAR EN EL ESTADO DE NUEVO LEÓN.
TERCERO.- LA DIPUTACIÓN PERMANENTE DE LA SEPTUAGÉSIMA SEXTA LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, ACUERDA ENVIAR UN RESPETUOSO EXHORTO AL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE NUEVO LEON DR. SAMUEL ALEJANDRO GARCÍA SEPÚLVEDA ORDENE AL ÁREA CORRESPONDIENTE QUE SE ACTUALICE LA LEY PREVENCIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL DE LA VIOLENCIA FAMILIAR, DE ACUERDO A LO PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL EL DÍA 28 DE FEBRERO DEL PRESENTE AÑO.
Monterrey Nuevo León a junio 2022
ATENTAMENTE
DIPUTADA ITZEL CASTILLO ALMANZA
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