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ANTICORRUPCIÓN

25 de Abril 2022

LUIS-ALBERTO-SUSARREY-LXXVI

Autor: Grupo Legislativo PAN

DIP. IVONNE LILIANA ALVAREZ GARCÍA PRESIDENTE DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN PRESENTE. - Las Diputadas y los Diputados integrantes de la Comisión Anticorrupción de la LXXVI Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León, con fundamento en el artículo 123 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León, nos permitimos proponer el siguiente Punto de Acuerdo, al tenor de la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La corrupción se puede definir como todo abuso del poder público con el objeto de obtener gratificaciones de índole privado o beneficios políticos, siendo un complejo que afecta los tejidos sociales, culturales, económicos y políticos de nuestro país. Con ello, la anticorrupción comprende las actividades y políticas publicas que se oponen o inhiben a la corrupción por todos los medios legítimos posibles, buscando prevenir, detectar y actuar en contra de la corrupción. El Artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el Sistema Nacional Anticorrupción es el espacio de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno, este sistema fue creado para la prevención, detección y sanción de faltas administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos. Dicho esto, surge la implementación del Sistema Estatal Anticorrupción de Nuevo León (SEANL), siendo la instancia coordinada del Sistema Nacional Anticorrupción con el Estado para la regulación y prevención de la corrupción en Nuevo León. El Artículo 7 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción para el Estado de Nuevo León, establece en que el Sistema Estatal Anticorrupción estará integrado por: I. El Comité Coordinador; II. El Comité de Participación Ciudadana; III. Las autoridades estatales que conforman el Sistema Nacional de Fiscalización; y IV. Los representantes de los entes públicos. El Comité Coordinador es el responsable de establecer la coordinación entre el Sistema Estatal y el Sistema Nacional, el cual está conformado por: tres representantes del Comité de Participación Ciudadana, el titular de la Auditoría Superior del Estado, el titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, el titular de la Dependencia del Ejecutivo del Estado responsable del control interno, un representante del Consejo de la Judicatura, el Presidente de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León y el Magistrado de la Sala Especializada en materia de Responsabilidades Administrativas. El Comité de Selección es integrado por nueve ciudadanos neoloneses, el Congreso del Estado es el encargado de emitir la convocatoria para dicho Comité de Selección. La Comisión Anticorrupción es la encargada de realizar en análisis de los candidatos, sin embargo, para que el proceso pueda ser perpetrado, la comisión debe realizarlo con el apoyo técnico de un grupo de acompañamiento. Este grupo debe estar conformado por siete ciudadanos, el cual deberá ser seleccionado en el mismo pleno del Congreso, sometiéndolo a votación. El Comité de Participación Ciudadana debe estar conformado por cinco ciudadanos, el Comité de selección es el encargado de realizar la convocatoria dirigida a toda la sociedad en general, definiendo la metodología y criterios de selección del Comité de Participación Ciudadana. Dicho esto, podemos apreciar que el proceso para designar los debidos cargos para la integración de los Comités del Sistema Estatal Anticorrupción es vital para continuar con la revisión, prevención y acción en contra de los hechos en materia de corrupción que se presenten en nuestro Estado. Actualmente, los ciudadanos del Estado de Nuevo León han presentado inconformidades en temas de corrupción y la toma de decisiones, mismos a los cuales la Comisión Anticorrupción de este Honorable Congreso no puede dar seguimiento debido a la detención del procedimiento para lograr cubrir los Comités establecidos y con ello dar la resolución a las inconformidades y situaciones presentadas por los ciudadanos. Por lo anteriormente expuesto, es que considero necesario que se someta a votación el siguiente punto de: ACUERDO ÚNICO. - La LXXVI Legislatura del H. Congreso del Estado de Nuevo León acuerda enviar un atento y respetuoso exhorto al Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa del Cuarto Circuito Federal para que a la mayor brevedad posible se le pueda dar el trámite y la resolución que conforme a Derecho corresponda al juicio de amparo No. 1975/2021. Lo anterior debido a que actualmente se encuentra detenido el proceso para cubrir las vacantes del Sistema Estatal Anticorrupción. MONTERREY, NUEVO LEÓN A 25 DE ABRIL DE 2022 A T E N T A M E N T E.- DIP. LUIS ALBERTO SUSARREY FLORES PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE ANTICORRUPCIÓN DIP. ANYLÚ BENDICIÓN HERNÁNDEZ SEPÚLVEDA VICEPRESIDENTA DIP. PERLA DE LOS ÁNGELES VILLARREAL VALDÉS SECRETARIA DIP. GILBERTO DE JESÚS GÓMEZ REYES VOCAL DIP. DANIEL OMAR GONZÁLEZ GARZA VOCAL DIP. AMPARO LILIA OLIVARES CASTAÑEDA VOCAL DIP. HECTOR GARCÍA GARCÍA VOCAL DIP. ALHINNA BERENICE VARGAS GARCÍA VOCAL DIP. RAÚL LOZANO CABALLERO VOCAL DIP. ANYLÚ BENDICIÓN HERNÁNDEZ SEPÚLVEDA VICEPRESIDENTA DIP. PERLA DE LOS ÁNGELES VILLARREAL VALDÉS SECRETARIA DIP. GILBERTO DE JESÚS GÓMEZ REYES VOCAL DIP. DANIEL OMAR GONZÁLEZ GARZA VOCAL DIP. AMPARO LILIA OLIVARES CASTAÑEDA VOCAL DIP. HECTOR GARCÍA GARCÍA VOCAL DIP. ALHINNA BERENICE VARGAS GARCÍA VOCAL DIP. RAÚL LOZANO CABALLERO VOCAL DIP. SANDRA ELIZABETH PÁMANES ORTÍZ VOCAL DIP. IRAÍS VIRGINIA REYES DE LA TORRE VOCAL

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