Autor: Grupo Legislativo PAN
• Diputado Félix Rocha presenta iniciativa de reforma al Código Civil.
• Proponen brindar de certeza jurídica de una familia a menores.
El Grupo Legislativo de Acción Nacional presentó una iniciativa de reforma para agilizar los trámites de adopción en caso de inexistencia de los padres del menor por declaración de ausencia por desaparición o de presunción de muerte y que los mismos puedan tener la certeza jurídica de una familia.
La iniciativa fue presentada por el Diputado Félix Rocha Esquivel en la sesión de este miércoles.
Se trata de una modificación del Artículo 394 fracción IV del Código Civil para el Estado de Nuevo León, para quedar como sigue:
"El consentimiento para la adopción puede ser expresado ante el Titular de la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia del Estado, por las madres y padres biológicos, o quienes ejerzan la patria potestad sobre el presunto adoptado, debidamente identificados, quienes además presentarán el certificado de nacido vivo o certificación del acta de nacimiento del menor. Los trámites para la obtención del consentimiento de la adopción no deberán exceder de ciento veinte días naturales a partir de la solicitud respectiva".
"En los casos de la existencia de declaración de ausencia por desaparición o de presunción de muerte, en términos de la legislación aplicable, de los padres o madres biológicos, o de quienes ejerzan la patria potestad sobre el presunto adoptado, el consentimiento a que hace referencia el párrafo anterior deberá expresarlo el Ministerio Publico ante el juez de la causa, exhibiendo copia certificada de la resolución judicial que acredite ese hecho".
Félix Rocha aseguró que la violencia que se ha vivido en el Estado desde años atrás ha generado víctimas indirectas de las desapariciones forzadas.
"Lamentablemente una de las consecuencias que ha generado la ola de violencia que azota a la entidad es la desaparición de personas de quienes se presume que existe indicio de que en contra de su voluntad y con motivo de un hecho ilícito no se tenga noticia sobre su paradero, ni se haya confirmado su muerte", expresó.
"Sin duda que a las victimas indirectas de la persona desaparecida involuntariamente y por hechos violentos sufren las consecuencias jurídicas ante tal ausencia, sobre todo cuando dichas personas desaparecidas es padre o madre o de quienes tienen a su cargo la patria potestad de menores de edad, que son los que enfrentan dicha incertidumbre jurídica enfrentando incluso desintegración familiar remitidos en su caso a Centro Capullos cuando no se tiene información de más familiares que puedan quedar a su cargo", apuntó.
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