Autor: Grupo Legislativo PAN
PRESIDENTA DE LA DIPUTACIÓN
PERMANENTE DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN.
Presente.-
Los
suscritos diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido Acción
Nacional en la LXXIII Legislatura al Congreso del Estado, con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 68 y 69 de la Constitución Política del Estado de
Nuevo León, y con fundamento además en los artículos 102, 103 y 104 del
Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León, nos
permitimos proponer la presente iniciativa de reforma, al tenor de la
siguiente:
EXPOSICIÓN
DE MOTIVOS:
Nuestra
Sociedad del área Metropolitana, muy común mente tiende a etiquetar a sus habitantes, por
región geográfica, profesión, preferencia deportiva, etc., tales como los
términos de: nicolaítas, sampetrinos, tigres, rayados, ingenieros, empresarios...
cientos de categorías distintivas para separar a unos ciudadanos de otros.
En
razón de ello no es de extrañarse que la Encuesta Nacional de Discriminación (ENADIS) señale
a Monterrey, como la urbe en la que más se discrimina, pero uno de los
adjetivos más raros de escuchar es indígena.
La discriminación local no es nueva, hace casi 120 años, cuando el general
Bernardo Reyes inició la construcción del palacio de gobierno, la necesidad de
mano de obra calificada ocasionó una numerosa migración de trabajadores de San
Luis Potosí,
A su llegada se les ofreció trabajo, sustento y
casa, pero no en la ciudad de ese entonces sino del otro lado del río Santa
Catarina, al que le llamaron "San Luisito" a la zona que ocuparon en
honor al origen de los miles de trabajadores que eventualmente serían
ciudadanos nuevoleoneses, lo que dio lugar a uno de los barrios más
característicos de nuestra urbe, al punto de estar incluido en los primeros
versos de El Corrido de Monterrey.
La migración ha
sido constante, siguen llegando jóvenes de los estados vecinos e incluso de más
lejos: Oaxaca, Guerrero, Estado de México, etc.
Al llegar se
enfrentan al choque de culturas de la mejor manera posible, algunos adaptan su
manera de vestir y hablar, otros refuerzan sus lazos con su lugar de origen, se
organizan y luchan por que se reconozca
su cultura.
El censo de 1990
registró 5 mil 783 hablantes de alguna lengua indígena; en 2010 la cifra ya
había aumentado a 40 mil 137 según el Instituto Nacional de Estadística y
Geografía (INEGI) y esta sigue en aumento.
Por ello era
importante reconocer sus derechos mediante una ley que salvaguardara sus
derechos, dada la presencia de las comunidades indígenas en nuestra región.
Dicha ley se aprobó
en 2012 y entró en vigor el mismo año, y en 2013 comenzó la responsabilidad en
los municipios de crear comisiones que atendieran los asuntos indígenas.
Aunque esto no se
ha respetado por las autoridades municipales delegando en algunos casos dichas
funciones a otra secretaria, o bien termina un servidor público atendiendo los
asuntos indígenas, lamentablemente este desconoce las tradiciones, ubicación de
sus asentamientos, sus principales limitaciones, por lo que las expectativas de
poder apoyarlos se ve limitada por desconocer el contexto general de la
problemática de los pueblos indígenas de la localidad.
Es en razón de ello, que
presentamos el presente proyecto de:
DECRETO:
Único.- Se reforma por modificación del párrafo segundo del artículo 9 de la LEY
DE LOS DERECHOS INDÍGENAS EN EL ESTADO DE NUEVO LEÓN, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 9. .....................
..............................
Los ayuntamientos de los Municipios en los que estén asentados los
indígenas, deberán crear organismos encargados de atender sus asuntos; sus
titulares deberán ser de origen indígena propuestos por el Consejo Indígena del
Estado de Nuevo León y deberán respetar en su actuación los usos y costumbres
de los indígenas.
TRANSITORIO
ÚNICO: El presente decreto
entrara en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial
del Estado de Nuevo León.
Atentamente,
Monterrey, Nuevo León, Mayo
de 2015.
Grupo Legislativo del
Partido Acción Nacional
DIP. FRANCISCO LUIS TREVIÑO CABELLO
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