Autor: Grupo Legislativo PAN
PRESIDENTE
DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LXXIII LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE
NUEVO LEON
P R E S E N T E.-
El
Suscrito, C. Héctor Briones López, Diputado integrante del Grupo Legislativo
del Partido Acción Nacional integrante de la LXXIII Legislatura al Congreso del
Estado, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 68 y 69 de la
Constitución Política del Estado de Nuevo León, y con fundamento además en los
artículos 102, 103 y 104 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso
del Estado de Nuevo León, me permito proponer la presente iniciativa de reforma
por adición del artículo 36 en
la Ley De Educación Del Estado De Nuevo León, al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La UNESCO y otros organismos
internacionales, han señalado que los países que están cubriendo mejor los
retos de la globalización son aquellos que cuentan con sistemas educativos
sólidos; sistemas en los cuales todos y no solo unos cuantos, tengan acceso a
una educación de calidad.
La escuela pública nos
necesita a todos sin excepciones, y la sociedad del presente y del futuro será
más justa, equitativa y democrática en la medida en la que seamos capaces de
crear sistemas educativos públicos que garanticen la mejor educación posible sin
ningún tipo de exclusión.
La escuela pública es la
escuela de todos, abierta al conjunto de los alumnos, financiada con fondos
públicos, en la que no debiera existir ningún tipo de discriminación o selección
para acceder a ella. Pero entre sus principales problemas hay que destacar que
su atención preferente a los sectores sociales más desfavorecidos exige un
mayor esfuerzo y disponer de más recursos económicos, humanos y materiales.
Cuando estos medios no están disponibles, es probable que sus objetivos no
puedan alcanzarse.
La educación pública es la que
puede afrontar con más garantías de éxito retos que ha ocasionado la
globalización y la democratización de nuestro país. Por ello la necesidad de trabajar
por una educación pública para todos los ciudadanos, moderna, democrática, de
calidad, basada en la transmisión de conocimientos y en la formación de
ciudadanos.
Es por eso que la Universidad
Autónoma de nuevo León merece todo nuestro apoyo y lo ha demostrado durante
muchos años teniendo grandes logros.
El programa de responsabilidad
social de la Universidad Autónoma de Nuevo León llamado AULA. EDU, con el que
la población de escasos recursos puede acceder a estudiar en línea el bachillerato
o alguna profesión.
La ampliación de la oferta
educativa con 280 programas; incremento de la matrícula a 171 mil 746
estudiantes; el registro de 29 preparatorias en el Sistema Nacional de
Bachillerato; mil 116 eventos y productos artísticos y culturales, abiertos a
la comunidad.
También presta servicios de
asistencia ofrecidos a la comunidad por un total de dos millones 603 mil 625 en
las áreas social, de salud y jurídica, atendiendo a un estimado de un millón
721 mil 99 beneficiarios; la inversión de 145 millones de pesos en 174
proyectos de investigación; y 520 millones en infraestructura.
Logros
En el ámbito deportivo desde
1982 que nace la UNIVERSIADA NUEVO LEÓN 400, en coordinación con las
Universidades del Estado y con el INJUDE (hoy INDE), nuestra Universidad se
corona nueve veces CAMPEONA ESTATAL en 1982 y de 1984 a 1990.
En 1991 la Universidad
Autónoma de Nuevo León obtiene el TROFEO DESAFÍO al ganar tres Universiadas
Estatales de manera consecutiva.
En mayo de 1990 la UANL fue
sede de los JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES ESTUDIANTILES DE EDUCACIÓN SUPERIOR,
en los cuáles se convocó en ocho disciplinas deportivas; proclamándose la UANL
con el campeonato nacional.
En el 2000 los equipos
representativos TIGRES se coronan CAMPEONES NACIONALES de la Universiada
Nacional Estudiantil de Educación Superior en el mes de mayo en Ciudad Victoria
y Tampico, Tamaulipas.
Para el 2004, la hazaña se
repite, y en las instalaciones de la Universidad Autónoma de Hidalgo, se
convierte en CAMPEÓN por tercera ocasión en este tipo de justas estudiantiles.
En el 2005, la Universidad
Autónoma de Nuevo León, obtuvo el segundo lugar en la Universiada Nacional, con
41 medallas en total.
Para el 2006, la UANL obtiene
de nuevo el campeonato de la Universiada Nacional organizada por la Universidad
del Mayab en Mérida, Yucatán. Logos alcanzados como primer lugar también en la
edición 2007 con sede en nuestras instalaciones; 2008 en Guadalajara; 2009 en
la Universidad de Morelos y 2010 en Chihuahua.
Por todo lo antes expuesto es
que me permito poner a consideración de esta Soberanía el siguiente proyecto
de:
DECRETO
PRIMERO.- Se reforma por adición el artículo 36 en la Ley De Educación,
para quedar como sigue:
SECCIÓN 3
DEL FINANCIAMIENTO DE LA
EDUCACIÓN
(REFORMADO, P.O. 14 DE MARZO DE
2014)
Artículo 36.- El Estado en
concurrencia con el Ejecutivo Federal, así como los gobiernos municipales, de
conformidad con lo establecido en sus respectivas Leyes de Ingresos,
Presupuestos de Egresos, y demás normatividad aplicable, concurrirán en el
financiamiento educativo e invertirán recursos económicos que propicien el
funcionamiento adecuado de los servicios educativos públicos para la educación
básica y media superior en la Entidad.
Los recursos federales
recibidos para este fin por la entidad federativa no serán transferibles y
deberán aplicarse exclusivamente en la prestación de servicios y demás
actividades educativas en la propia entidad.
(REFORMADO, P.O. 14 DE MARZO DE
2014)
El Estado otorgará las
facilidades necesarias para que el Ejecutivo Federal verifique la correcta
aplicación de dichos recursos, así como el funcionamiento y evaluación de las
escuelas e instituciones para hacer efectiva la rendición de cuentas a la
sociedad, respecto de las políticas, acciones y el uso del presupuesto asignado
al sector educativo.
En el evento de que tales
recursos se utilicen para fines distintos, se estará a lo previsto en la
legislación aplicable sobre las responsabilidades administrativas, civiles y
penales que procedan.
(ADICIONADO, P.O. 14 DE MARZO
DE 2014)
La autoridad educativa estatal
deberá incluir en el proyecto de presupuesto que remita a la Secretaría de
Finanzas y Tesorería General del Estado, para que posteriormente se someta a la
aprobación del Congreso del Estado, los recursos suficientes para fortalecer la
autonomía de la gestión escolar de acuerdo a lo establecido en el artículo 22
fracción XVIII de esta Ley.
En lo que se refiere a la Universidad Autónoma de Nuevo
León su proyecto de presupuesto deberá tener al menos una ampliación igual al
porcentaje de incremento de la matricula que tenga la institución en el año en
curso.
TRANSITORIO
UNICO: El
presente decreto entrara en vigor al día siguiente al de su publicación en el
Periódico Oficial del Estado de Nuevo León.
Atentamente,
Monterrey,
Nuevo León, Diciembre de 2014.
Grupo
Legislativo del Partido Acción Nacional
DIP. HÉCTOR JESÚS BRIONES LÓPEZ
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