Autor: Grupo Legislativo PAN
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Diputada
del PAN denuncia irregularidades en programa de fumigación contra el dengue.
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Legisladora
pide salida de funcionario ante serie de anomalías que ha denunciado.
Tras
denunciar irregularidades en el programa de fumigación contra el dengue, la
Diputada de Acción Nacional, Blanca Lilia Sandoval de León solicitó la
destitución del Secretario de Salud en el Estado, Jesús Zacarías Villarreal.
Sandoval
de León presentó un exhorto este martes en la sesión ordinaria del Congreso
Local en el que pidió la remoción del funcionario.
La
legisladora albiazul explicó que luego de una investigación que hizo, detectó
irregularidades en el programa de combate contra el dengue ya que desde el año
2012 la Autoridad de Salud en el Estado ha estado aplicando el insecticida AQUA
RESLIN (Permetrina) insecticida no avalado ni autorizado por el Centro Nacional
de Programas Preventivos y Control de Enfermedades (CENAPRECE) por su
ineficacia contra el mosquito Dengue.
"No
obstante que a la Secretaria de Salud del Estado le fue informado de la
irregularidad en la indebida aplicación de este insecticida, a través de las
visitas de inspección y evaluación llevadas a cabo por la CENAPRECE,
recomendando incluso el cambio del grupo químico de insecticida adulticida en
nebulización, de piretroides a organofosforados hizo caso omiso", detalló
Blanca Lilia Sandoval.
Debido a ello y a otras irregularidades que en su momento ha denunciado, Sandoval de León pidió a través de un exhorto, la destitución del Secretario de Salud.
El
Punto de Acuerdo fue turnado a la Comisión de Salud para su evaluación y
análisis.
PLANTEA
CALIFICAR COMO DELITO EL CONDUCIR EBRIO
El
Diputado de Acción Nacional, Fernando Elizondo Ortiz presentó una iniciativa de
reforma para que el conducir en estado de ebriedad sea considerado un delito.
Se
trata de una reforma por adición el Capítulo III del Título Décimo Sexto
denominado Delitos de Peligro para adicionar los artículos 337 Bis I y 337 Bis
II del Código Penal para el Estado de Nuevo León.
"Comete
el delito de conducción de vehículo bajo influencia aquel que sea sancionado
por las autoridades municipales en tercera o ulterior ocasión, en un período
menor a dos años, por conducir un vehículo de motor en estado de ebriedad
completa o incompleta, o en estado de voluntaria intoxicación", señala el
Artículo 337 I Bis propuesto.
"Quien cometa el delito de conducción de vehículo
bajo influencia será sancionado con una pena de 3 meses a 1 año y suspensión de
la licencia de conducir de 3 a 6 años. El perdón judicial, la conmutación de
sanciones, remisión parcial de la pena, tratamiento pre liberacional o libertad
preparatoria no serán aplicables a las penas dictadas por el presente delito,
ni podrá en procedimiento abreviado, acordarse una pena fuera de los parámetros
aquí establecidos", resalta el Artículo 337 Bis II.
La
iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia y Seguridad Pública para su
evaluación y posterior aprobación.
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