Autor: Grupo Legislativo PAN
Honorable Asamblea.
El
suscrito C. Juan Carlos Ruíz García, integrante del Grupo Legislativo del
Partido Acción Nacional integrante de la LXXIII Legislatura al Congreso del
Estado, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 68 y 69 de la
Constitución Política del Estado de Nuevo León, y con fundamento además en los
artículos 102, 103 y 104 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso
del Estado de Nuevo León, me permito proponer la presente iniciativa de
reforma, al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN
DE MOTIVOS
El
servicio público de transporte de pasajeros, consiste en el traslado de uno o
más pasajeros en vehículos denominados taxis, que se ofrece al público en general, a través del
pago de una tarifa que se establece, en
general, por medio de un taxímetro.
El
servicio de taxis es utilizado por personas de distintos estratos sociales, a
diferencia de lo que sucede en la
mayoría de los países en desarrollo, donde el taxi es utilizado por personas con ingresos medios o altos que
pudiendo tener un vehículo particular,
deciden no tenerlo o que aun contando con uno, prefieren utilizar un
taxi por comodidad (Lowitt, 2006) [1]
El
taxi frecuentemente es complemento de otros 3 medios de transporte para llegar
a destino, además tiene la característica
de que la mayoría de los trayectos que
realizan son ser cortos, por ejemplo, desde la salida del Metro al lugar de
trabajo o para llevar a los niños desde el hogar a la escuela.
En
la mayoría de las ocasiones suelen hacer uso de él personas que cuentan con
vehículo propio que prefieren el uso del
servicio de taxi al coche particular dado que les resulta más práctico que utilizar el auto particular,
gastar en gasolina y luego pagar en un
estacionamiento o a un cuidador en la calle.
Así
mismo, se reduce el tiempo que necesitan
para llegar a destino, ya que no deben sacar su vehículo, buscar lugar
para aparcar o llevarlo hasta un
estacionamiento y luego realizar a pie la distancia entre donde dejan el coche y el lugar a donde se
dirigen.
En
Nuevo León, como en la mayoría de los países del mundo, el taxi es un servicio
regulado, pero es de todos conocido, que además de los taxis regulares, prestan
servicio en la ciudad unidades que no
cuentan con concesión oficial, llamados coloquialmente, "piratas". Son
vehículos cuya cromática es igual a la
de los regulares pero que circulan con placas particulares o con placas clonadas.
Ante
esta situación es preciso brindar certeza a los usuarios del transporte público
de pasajeros, respecto de la legalidad del servicio y la capacitación del
chofer que brinda el servicio de pasajeros.
Por
ello es que me permito proponer a su consideración el siguiente proyecto de:
DECRETO
PRIMERO.- Se
reforma por modificación del artículo 2 y adición de una fracción j) del
artículo 18 de la Ley de Transporte para la Movilidad Sustentable del Estado de
Nuevo León, para quedar como sigue:
Artículo 2. Para los efectos de esta Ley, se entiende por:
...............................
Carné de Identificación. Documento oficial con una
dimensión de 14 por 21.5 centímetros, que incluye los datos de los operadores de los vehículos pertenecientes
al Sistema de Transporte a la vista de los usuarios.
...........................
TÍTULO
TERCERO
DEL
SERVICIO ESTATAL DE TRANSPORTE
CAPÍTULO
I
PRINCIPIOS
RECTORES E INTEGRACIÓN
Artículo 18. La modernización y racionalización del Servicio
Estatal de Transporte se asientan en los siguientes principios:
I. Movilidad Sustentable,
estableciendo los siguientes lineamientos:
a) ..............................
................................
...............................
j) Todas las modalidades de Transporte deberán portar en lugar
visible, el Carné de Identificación a
color y con una dimensión de 14 por 21.5 centímetros, que permita al usuario la
identidad del chofer del servicio de transporte.
TRANSITORIO
Único: El presente decreto
entra en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial
del Estado de Nuevo León.
Atentamente,
Monterrey,
Nuevo León, Septiembre 2014.
Grupo
Legislativo del Partido Acción Nacional
C.
DIPUTADO JUAN CARLOS RUÍZ GARCÍA
[1] Lowitt, S. (2006). The Job-creating Potential of the
Metered Taxi Industry in South Africa's Urban Areas: Some Preliminary Findings.
Visto el 18 de septiembre de 2014,
http://www.taxi-library.org/metered-taxi-growth-south-africa.pdf.
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