Autor: Grupo Legislativo PAN
DIP. DANIEL TORRES CANTU
PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÒN PERMANENTE DEL
H. CONGRESO DEL ESTADO
PRESENTE
Los suscritos Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional y del Grupo Legislativo del Partido de la Revolución Democrática a la LXXIII Legislatura del Congreso del Estado de Nuevo León, con fundamento en lo previsto en los artículos 123 Y 124 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León, con el debido respeto ocurrimos ante esta Tribuna a proponer la aprobación de un punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En nuestro país, la transparencia gubernamental, se ha ido fortaleciendo y consagrando cada día, sin que ello signifique que se hayan obtenido resultados por demás satisfactorios en el total de los alcances, en la década pasada se sembró la semilla de la transparencia y del quehacer público como herramienta y parámetro con óptica ciudadana, rendición de cuentas, y para evaluar la gestión de las Administración Publicas en todos los órdenes de Gobierno, misma que se encuentra prevista como garantía constitucional, la transparencia y el derecho a la información pública en el artículo 6 de nuestra Carta Magna.
Ahora bien, a través de la transparencia se obtienen rendimientos que versan indirectamente a fomentar la participación ciudadana ordenada y la rendición de cuentas efectiva para incidir en la toma de decisiones gubernamentales y contribuir a la prevención de la corrupción.
Recordemos que la transparencia va más allá del derecho fundamental de acceso a la información pública. La transparencia como política pública es la acción de un gobierno para dar solución a un problema público, en este sentido, todo orden de gobierno debe impulsar y respetar políticas de transparencia, que a diferencia del ejercicio del derecho al acceso a la información pública de oficio, se refieren a las políticas de gestión, uso y divulgación de la información gubernamental, para usarla como recurso estratégico en beneficio de la sociedad y de los fines del organismo público, maximizando la utilidad social de dicha información.
La transparencia de la actividad pública es una manifestación y un requisito típico de los sistemas democráticos que tiene como objetivo el sometimiento al escrutinio público de las actividades y resultados de los distintos poderes del Estado. En un Estado Democrático la actividad de los tres órdenes de gobierno debe regirse por el principio de publicidad.
Por ello, el acceso a la información es uno de los parámetros y derechos ciudadanos que permiten medir el nivel de transparencia y publicidad de la actuación administrativa, para satisfacer el interés público, entendido éste como el deseo y la necesidad de saber y evaluar de los ciudadanos, para mejorar su calidad de vida personal y colectiva.
Si bien es cierto, los extremos de estas disposiciones de transparencia deben ser aplicados en su estricto sentido, sin embargo y en contrario a eso, hacia el interior de la Administración Pública del Estado que encabeza RODRIGO MEDINA DE LA CRUZ que en el papel debe convertirse en principal garante de la transparencia y de la debida rendición de cuentas, y de una interpretación lógica nos permite advertir la incongruencia de sus actos de miopía con la transparencia.
Lo anterior dado el cumulo de Observaciones (VETOS) promovidos por el Ejecutivo del Estado en contra de diversas reformas integrales a la ley de Administración Financiera del Estado; aprobadas con la ineludible necesidad de otorgar herramientas en dicha ley, eliminando a la postre escollos que transgreden los principios constitucionales de la transparencia.
Llamando la atención que de las reformas vetadas, haya omitido observar una reforma que contiene la adición al artículo 15 de la Ley de Administración Financiera , que consistió en incluir los principios de "transparencia y rendición de cuentas " a ser aplicados en la programación, presupuestación y ejercicio del gasto público, por parte de las dependencias, organismos descentralizados y fideicomisos. Encontrando por tanto una total incongruencia e incomprensible conducta, pues por un lado acepta la reforma a la Ley en mención en el citado artículo y por otro lado observa reformas que implicaban en la práctica aplicar los principios de transparencia y rendición de cuentas.
De forma general se describen algunas de las reformas a que hacemos referencia y que el Ejecutivo del estado tuvo a bien vetar:
I.-Que la Secretaría de Finanzas este obligada a transparentar en el Portal de internet en 30 días las normas, autorizaciones y resoluciones que determine en el ejercicio de sus funciones;
II.-Que los créditos que obtengan los Organismos Descentralizados solo podrán ser utilizados para desarrollar los finen del Organismo, no pudiendo transferirlos al Gobierno Central;
III.-Que el tope de endeudamiento a un 4 % del Presupuesto de Ingresos y que los Fideicomisos y Organismos descentralizados para contratar financiamiento tengan que solicitar autorización del Congreso;
IV.-Informar de manera previa a este Congreso, las proyecciones sobre créditos a contratar;
V.-Que los Municipios y el Gobierno del Estado estén obligados a publicar con detalle en su portal de internet todos los conceptos que les representen pasivos y deudas respectivamente;
VI.-Que se pague de manera oportuna a los proveedores y que no se realicen adquisiciones de bienes o contratación de obra sin que exista la debida suficiencia presupuestal, aplicando por consiguiente sanciones de inhabilitación a quienes no cumplan con dichas disposiciones de pago oportuno a proveedores y contratistas.
Por ello podemos afirmar que en los hechos lamentablemente no hay un compromiso real de transparencia por `parte del gobernador del Estado, Rodrigo Medina de la Cruz, reiterando de nueva cuenta ser un obstáculo de la transparencia, pues de manera contraria al espíritu nacional y de las iniciativas que ha impulsado el Presidente de la Republica ENRIQUE PEÑA NIETO del mismo origen partidista, quien además fungió como pilar e impulsor en el avance de la reformas constitucionales en materia de trasparencia, no percibió este espíritu y en contrario confronta a este Poder Legislativo recetando diez vetos a disposiciones legales cuyo objeto es fortalecer la claridad en la administración del patrimonio de los nuevoleoneses.
Dado lo anterior no podemos permitir que nuestro estado siga convertido en un rehén de la opacidad, contrarrestando el espíritu nacional de ampliar el rango del quehacer público a través de políticas públicas bajo el impulso de reformas estructurales en materia de transparencia, seguramente el señor Presidente de la Republica desconoce el atraso en materia de transparencia en que está sumido el Estado de Nuevo León.
Por todo lo anterior nos permitimos proponer el siguiente proyecto de:
A C U E R D O
PRIMERO.- Que esta Diputación Permanente de la LXXIII Legislatura al Congreso del Estado de Nuevo León envié para su conocimiento al C. Presidente de la república Enrique Peña Nieto, los expedientes de los decretos correspondientes de reformas a la Ley de transparencia y Acceso a la Información Pública y a la Ley de Administración Financiera, que fueron observados por el ejecutivo del estado y recibidos por la oficialía del H. Congreso del Estado en fecha 26 de diciembre de 2013.
SEGUNDO.- Que esta Diputación Permanente de la LXXIII Legislatura al Congreso del Estado de Nuevo León envíe un atento y respetuoso llamado al C. Presidente de la República Mexicana ENRIQUE PEÑA NIETO, a fin de que tenga a bien exhortar al Gobernador del Estado de Nuevo León a que impulse políticas públicas en materia de transparencia y rendición de cuentas, principalmente en el rubro de deuda, créditos y aplicaciones de los recursos económicos del Estado y este abierto a permitir mejoras en la legislación respectiva.
Monterrey, N. L. a 07 de febrero de 2014