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Emplazamiento para comisión de Desarrollo Social

5 de Noviembre 2013

MARIO-ALBERTO-CANTU-GTZ-glpan

Autor: Grupo Legislativo PAN

Honorable Asamblea:

Ante el inminente inicio de los procedimientos preelectorales el año próximo, resulta de fundamental importancia reforzar los mecanismos y reglas de operación de los programas sociales que se aplican en el Estado, con la finalidad de que éstos no sufran distorsiones de carácter político-partidista y cumplan su misión de beneficiar efectivamente a los ciudadanos a los que van dirigidos.

Por eso, en esta misión debemos unir esfuerzos y tener como único fin, el bienestar social, pues, al hacer lo contrario, anteponiendo otro tipo de intereses, perderíamos una gran oportunidad para restablecer el tejido social y con ello la tranquilidad que tanto anhelamos.

En este sentido, contamos con iniciativa de ley bajo el Expediente 7296 turnada a la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, en donde se proponen diversas modificaciones  a la Ley de Desarrollo Social del Estado, que tienen como objetivo principal, que todos los programas sociales cumplan con el requisito de contar con Reglas de Operación específicas y detalladas, a través de las cuales se den a conocer tanto a los beneficiarios de las prerrogativas brindadas, así como a los funcionarios encargados de aplicar los programas, así como los lineamientos a seguir para que el beneficio se proporcione eficazmente.

Estas reformas incluyen de manera enunciativa más no limitativa, lo siguiente:

Establecimiento de Reglas de Operación publicadas en el Periódico Oficial del Estado.
Reconocimiento a definiciones de pobreza oficiales, en base a indicadores del INEGI, CONAPO y CONEVAL.
Evitan la duplicidad de funciones entre los tres niveles de gobierno.
Incluyen Indicadores Estratégicos con metas, objetivos y porcentajes de gestión.
Informes Trimestrales que rendirán las autoridades respecto a sus cuentas y el avance en la ejecución de los programas sociales.
Publicación de un padrón de beneficiarios verificable cada seis meses y que su información sea cotejada con los datos de la CURP.
Establecimiento de mecanismos legales para evitar subejercicios que perjudiquen a los ciudadanos.
Fomentar la auditoría social a través de un Consejo Técnico Ciudadano de evaluación, formado por representantes de instituciones de educación superior. 
Obligación de realizar auditorías externas por parte de despachos reconocidos en la materia, ello sin perjuicio de la auditoría que realiza el Gobierno del Estado y la Auditoría Superior del Estado.

Como podremos apreciar, estas reformas impulsan la transparencia, rendición de cuentas, el manejo eficiente de los recursos y la participación ciudadana, todos ellos ingredientes importantes para que los programas públicos sean un verdadero motor del cambio social.

Por lo tanto, al analizar y en su caso aprobar las reformas en comento, para este Poder Legislativo, resulta indispensable adoptar una seria cultura de la legalidad principalmente en materia de aplicación de los recursos en los programas de contenido sociales.

En este sentido es que solicito, Diputado Presidente se emplace a la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, para que resuelva el expediente 7296 al cual ya citamos  anteriormente de conformidad con el artículo 54 de nuestro Reglamento Interior del Congreso.

 Es Cuanto.

DIPUTADO MARIO CANTÚ GUTIÉRREZ
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