Autor: Grupo Legislativo PAN
• Presenta Diputado Francisco Treviño iniciativa de reforma al Código Penal.
• Se propone cárcel conmutable por trabajo comunitario.
Para que los infractores reciban una sanción ejemplar, el Grupo Legislativo de Acción Nacional propuso que se castigue penalmente los delitos contra el medio ambiente.
Fue el Diputado Francisco Treviño Cabello quien presentó la iniciativa de reforma en la Oficialía de Partes del Congreso Local.
Se trata de una reforma por adición al Artículo 444 del título Vigésimo Quinto al Código Penal de Nuevo León en el que se enumeran los delitos contra el medio ambiente.
Treviño Cabello explicó que se busca sancionar los delitos ambientales y los delitos contra la gestión ambiental y que las penas aplicadas pueden ser conmutadas con trabajo comunitario.
"La pena varía dependiendo el delito dándole la oportunidad para que conmute la sanción por el trabajo comunitario en los delitos que no son tan graves", explicó el legislador albiazul.
"En cuestión penal no hay nada en el Estado y estamos dando un paso en protección de medio ambiente ya que 18 estados tienen estas penalizaciones aunque con sus variantes", añadió.
Indicó que en el ministerio público estatal cualquier ciudadano puede presentar una denuncia que se persigue por oficio y la Procuraduría tiene la obligación de investigar y en los delitos contra la gestión es por querella y en este caso es la autoridad ambiental del Estado que en este caso es la Secretaria de Desarrollo Sustentable.
Dijo que la idea de enumerar penalizaciones es para cubrir los huecos en la ley y resolver el delito estatal antes de que caiga en un delito federal.
Dentro de la iniciativa, se enumeran, entre otros, los delitos ambientales como la fabricación, elaboración, transportación, distribución, comercialización, almacenaje, posesión, uso, reúso, reciclaje, recolección, trata, deseche, descargue, disponga o realice actos con materiales o residuos que ocasionen o puedan ocasionar daños a la salud pública, la flora, la fauna o los ecosistemas del Estado, sin la autorización de la autoridad estatal competente o contraviniendo los términos en que aquella se haya concedido.
Las penas por cárcel, que pueden conmutarse por trabajo comunitario, van de seis años a diez años de prisión y de diez a 200 días de multa.