Autor: Grupo Legislativo PAN
Por: Imelda Alejandro de la Garza.
El Municipio de Lampazos de Naranjo, Nuevo León, se fundó el 12 de noviembre del año 1698, lo que hoy en día se le conoce como 'Lampazos de Naranjo' para honrar al héroe de la intervención francesa y la Reforma, el General Francisco Naranjo.
Ahora bien, al constituir un Municipio geográficamente retirado del área metropolitana de Monterrey, Nuevo León, y al concentrarse en él, una población en su mayoría adulta, les resulta complicado su traslado a la Ciudad de Sabinas Hidalgo o Monterrey, actualmente el centro de Salud de primer nivel, a la fecha no cuenta con medicamentos para tratar los padecimientos de los habitantes del Municipio.
Dicha solicitud se ha externado en retiradas ocasiones de forma personal al titular de la Secretaria de Salud por el alcalde del Municipio, así como por una servidora.
No olvidemos que la salud es un derecho, no un privilegio, consagrado en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 3 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León.
Aunado a lo anterior, la Organización Mundial de la Salud, establece que el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano.
El Derecho a la Salud se refiere a que la persona tiene como condición innata, el derecho a gozar de un medio ambiente adecuado para la preservación de su salud, el acceso a una atención integral de salud, el respeto a su concepto del proceso salud - enfermedad y a su cosmovisión. Este derecho es inalienable, y es aplicable a todas las personas sin importar su condición social, económica, cultural o racial.
Para que las personas puedan ejercer este derecho, se debe considerar los principios de accesibilidad y equidad.
En ese tenor, el Derecho a la Salud incluye el acceso a una atención sanitaria oportuna, aceptable, asequible y de calidad satisfactoria.
De acuerdo a la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, se reconoce a la salud como derecho inalienable e inherente a todo ser humano. Esto implica la obligación del Estado de respetar, proteger y garantizar el derecho a la salud de todos sus ciudadanos, no sólo asegurando el acceso a la atención de salud, sino también la atención adecuada.
Es por ello, que consideramos necesaria la intervención del Gobierno del Estado de Nuevo León, toda vez que el Centro de Salud del Municipio de Lampazos de Naranjo, Nuevo León, existe al día de hoy, un desabastecimiento total de medicamentos de atención básica de pacientes, haciéndose constar que el Gobierno Municipal no cuenta con el recurso suficiente para abastecer tales insumos, conteniendo lo establecido en nuestra Carta Magna, siendo que la Secretaria de Salud es la responsable de satisfacer esta necesidad.
Es por esta razón que, en la Tribuna del Congreso Local, solicitamos al Gobernador Rodrigo Medina que brinde una inmediata solución a esta situación de emergencia.
Esto lo hicimos a través de un Punto de Acuerdo para que el Ejecutivo instruya al Secretario de Salud en el Estado de Nuevo León, Dr. Jesús Zacarías Villarreal Pérez, a efecto de que gire instrucciones para que de manera urgente e inmediata se abastezca con medicamentos e insumos necesarios para la operación diaria del Centro de Salud S.S.A, ubicado en el Municipio de Lampazos de Naranjo, Nuevo León.