Autor: Grupo Legislativo MORENA
Con el fin de evitar situaciones de riesgo hacia las mujeres e infantes, ya que Nuevo León ocupa el segundo lugar en feminicidios y es testigo de un escenario de violencia exponencial hacia las mujeres, la diputada Jessica Martínez presentó ante la Oficialía de Partes del H. Congreso del Estado de Nuevo León un proyecto con iniciativa de reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que plantea modificar los artículos 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y adicionar los 24 bis de la ley antes mencionada.
El proyecto configurará una atención ágil y efectiva por parte de las autoridades hacia las mujeres e infancias que viven una situación de violencia que pone en riesgo su integridad e incluso su vida.
En el documento entregado se propone adoptar la legislación local, la reforma que modifica la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia que se aprobó en el Diario Oficial de la Federación el pasado 18 de marzo del 2021. Adicionalmente, se considera el trabajo de la sociedad civil feminista que trabaja en el tema.
La diputada menciono que: "con base en compromisos nacionales e internacionales, propongo que, las y los legisladores locales, trabajemos en fortalecer el marco jurídico en materia de órdenes de protección para garantizar el acceso a la justicia y a la protección de la vida e integridad de las mujeres y niñas que habitan en Nuevo León y que temen por su seguridad."
Con la adopción de la mencionada reforma se estaría fortaleciendo el sistema de protección para que las mujeres vivan una vida libre de violencia en Nuevo León ya que se propone:
-Prolongar la duración de las órdenes de protección.
-Establecer que las órdenes de protección se deberán dictar inmediatamente o a más tardar 4 horas después de su solicitud.
-Propone que las órdenes se deberán dictar e implementar con base en principios rectores, como, por ejemplo, el de protección, proporcionalidad, oportunidad y eficacia y pro persona, entre otros.
-Dispone que podrán ser dictadas de oficio o a solicitud de la mujer en situación de violencia, de su asesor jurídico o del ministerio público, y que, al tratarse de niñas, la autoridad las decretará aun cuando no exista solicitud y actuará con el interés superior de la niñez.
-Dicta que las órdenes serán registradas en el Banco Estatal de Datos e Información sobre casos de violencia contra las mujeres.
-Prohíbe que se impida el acceso a la seguridad y a la justicia a mujeres en razón a su situación migratoria, de discapacidad, origen étnico o cualquier otra condición.
-Señala una nueva clasificación de las órdenes con base en, si se requiere que sean emitidas por una autoridad jurisdiccional, o bien, si pueden ser dictadas por un ministerio público u otra autoridad administrativa. g
2024© Grupo Legislativo Partido Movimiento Regeneración Nacional, Nuevo León.
8150-9500
glmorena@hcnl.gob.mx