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Pide Claudia Tapia se respete derechos de las personas como lo establece el Artículo primero de la Constitución Mexicana

10 de Abril 2019

 Pide Claudia Tapia se respete derechos de las personas como lo establece el Artículo primero de la Constitución Mexicana

Autor: Grupo Legislativo MORENA

Haciendo uso de la tribuna, la diputada Claudia Tapia señaló que se encuentra preocupara por la iniciativa que se fue presentada el día de ayer, que busca la aplicación del recurso de objeción de conciencia para que profesionales de la salud puedan negar la prestación de los servicios médicos en los casos de la práctica de una interrupción del embarazo y la negación de servicios públicos de Registro Civil para el matrimonio entre parejas del mismo sexo. "Tal y como se señaló, que esta iniciativa no era una propuesta contraria a la Constitución Federal y que solo se trataba de una homologación a nivel local. Quiero comentar que, el artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es muy clara, al establecer que todas las personas gozaremos de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado", indicó Tapia. Señaló que la carta Magna en su artículo 4° mandata que todas las personas tienen derecho a la protección de la salud. En este mismo sentido, la Organización de la Salud ha instado a los Estados miembros al diseño y aplicación de políticas públicas que permitan el ejercicio del derecho a la salud sin discriminación, exclusión o restricción, en el supuesto de la existencia de estas condiciones, existiría un impacto negativo, que impediría el ejercicio a la salud y demás libertades fundamentales. "El ejercicio del derecho de acceso a la salud y derecho a la seguridad jurídica, sin discriminación, deben ser la base y fundamento para generar cambios normativos en la materia. Nuestras acciones legislativas deben atender a estas directrices. "Es decir, que estos derechos establecidos en nuestra carta magna, deben ser el fundamento de nuestras decisiones legislativas. Hacer un cambio en contrasentido, estaríamos configurando una discriminación por razones de preferencias sexuales y por el ejercicio de las mujeres a decidir sobre sus cuerpos", mencionó. Recordó que, a partir del 10 de junio de 2011, en todo el país, todas las autoridades de los tres poderes y órdenes de gobierno, están obligados a generar leyes y políticas públicas que responden al consenso universal de derechos humanos. "Aún más, si se trata de brindar servicios públicos a personas en situación de vulnerabilidad, es necesario adoptar medidas de mayor sensibilidad, que reduzcan las brechas producidas por la desigualdad estructural. "Ejemplo de ello, han sido los protocolos de atención, como el Protocolo para el Acceso sin Discriminación a la Prestación de Servicios de Atención Médica de las Personas Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Travesti, Transgénero e Intersexual (LGBTTI) de la Secretaria de Salud Federal del año 2017 1 y el Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren Personas, Comunidades y Pueblos Indígenas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del año 2014 2 , solo por citar algunos", indicó Claudia Tapia. Mencionó en conclusión que cada decisión del recinto legislativo debe buscar la materialización de los preceptos constitucionales que garanticen la prestación de servicios públicos, sin discriminación.
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